MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LUCERNA LIMITADA

RUT 76227388-8 CVE 2761149
Capital
$8.490.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2025
Repertorio
73305-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.490.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada el 23 de diciembre de 2025, ante mí, Repertorio Nº73.305-2025, INVERSIONES SUR PACIFICO LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, INMOBILIARIA CAB LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, e INVERSIONES LAS GAVIOTAS II SpA, persona jurídica del giro de su denominación, todos domiciliados para estos efectos en calle Lucerna Número cuatro mil novecientos veinticinco, Comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, modificaron INMOBILIARIA LUCERNA LIMITADA, inscrita a fojas 74276 Número 51655 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, siguiente sentido: se aumenta capital social estatutario de $5.250.000.000, íntegramente enterado y pagado a la suma de $8.490.000.000, de acuerdo a lo indicado en escritura extractada, modificando al efecto el Artículo Quinto de los estatutos sociales relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $8.490.000.000 que los socios aportan, enteran y pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) INVERSIONES SUR PACIFICO LIMITADA, la suma de $8.449.571.120, correspondiente al 99,5238% de los derechos sociales; b) INMOBILIARIA CAB LIMITADA, la suma de $20.214.440, correspondiente al 0,2381% de los derechos sociales y, c) INVERSIONES LAS GAVIOTAS II SpA, la suma de $20.214.440, correspondiente al 0,2381% de los derechos sociales.”. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado continuará plenamente vigente el pacto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2026.