CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DOMÍNGUEZ FIGUEROA Y SOTO PAREDES ABOGADOS LIMITADA

CVE 2761104
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2026
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios jurídicos a personas naturales o jurídicas, en todas las ramas del derecho ya sea civil, comercial, penal, administrativo, laboral o cualquier otra, incluyendo la asistencia a éstas en procedimientos judiciales y arbitrales, la investigación jurídica, la asesoría, el desarrollo y la preparación de informes y opiniones legales, capacitación ya asistencia técnica en materias legales, así como la prestación de asesorías financieras, contables y empresariales en general y, en todo caso, celebrar todos los actos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con el

Administración

Dos cualquiera de los socios conjuntamente, con facultades que constan en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: que, por escritura publica de fecha 20-01-2026, ante mí, Reinaldo Andrée Domínguez Machuca, Teresa Clark 235, Santiago, Región Metropolitana; Lisette Katherinne Figueroa Muñoz, El Cerrillo 2381, Buin, Región Metropolitana; y Jorge Eduardo Soto Paredes, Cardenal José María Caro 46-A, El Bosque, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: DOMÍNGUEZ FIGUEROA Y SOTO PAREDES ABOGADOS LIMITADA.”; nombre de fantasía, incluso ante Bancos: “DFSP Abogados Ltda.”. Capital: $6.000.000, aportado en el acto: Reinaldo Andrée Domínguez Machuca, 34%; Lisette Katherinne Figueroa Muñoz, 33%; y Jorge Eduardo Soto Paredes, 33%, todos al contado y efectivo.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios jurídicos a personas naturales o jurídicas, en todas las ramas del derecho ya sea civil, comercial, penal, administrativo, laboral o cualquier otra, incluyendo la asistencia a éstas en procedimientos judiciales y arbitrales, la investigación jurídica, la asesoría, el desarrollo y la preparación de informes y opiniones legales, capacitación ya asistencia técnica en materias legales, así como la prestación de asesorías financieras, contables y empresariales en general y, en todo caso, celebrar todos los actos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social. A tal efecto, podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas.- Administración: Dos cualquiera de los socios conjuntamente, con facultades que constan en escritura extractada. Domicilio: Santiago, sin perjuicio del establecimiento en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 21 de enero de 2026.