MODIFICACIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA DE GRANOS

RUT 65228327-6 CVE 2761173
Capital
$1.275.815.874 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2025
Repertorio
125/2026
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$1.275.815.874 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: que con fecha 16 de enero de 2026, se redujo a escritura pública ante mi suplente, Javiera Paz Schwerter Garrido, bajo el repertorio 125/2026, el acta de la Junta General de Socios celebrada con fecha 25 de noviembre de 2025 (en adelante, la “Junta”), mediante la cual se aumentó el capital de COOPERATIVA AGRÍCOLA DE GRANOS (en adelante, la “Cooperativa”), Rol Único Tributario N° 65.228.327-6, la cual se encuentra inscrita a fojas 208 vuelta, número 136 de Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año 2023, del cual extracto lo siguiente: La Junta acordó por unanimidad de los presentes, esto es, por un total de 9 votos, aprobar un aumento de capital por la suma de $254.450.004, mediante la emisión de 106.822 nuevas cuotas de participación, de forma tal que éste se incrementará desde la suma actual, según balance, de $1.021.365.870, dividido en 428.785 cuotas de participación, a la suma total de $1.275.815.874, dividido en 535.607 cuotas de participación. En dicho sentido, se acordó que el referido aumento quedase suscrito y pagado, por los socios y en la forma indicada en la escritura extractada. Como consecuencia de lo anterior, la Junta sustituyó el artículo sexto de los estatutos, por el siguiente: “Artículo Sexto: Capital: El capital suscrito y pagado es de $1.275.815.874, dividido en 535.607 cuotas de participación. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de la Cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 2.000 cuotas de participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la junta general obligatoria que se haya pronunciado sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las cuotas de participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este estatuto.”. Concurrieron 9 socios a la Junta. Demás antecedentes constan en la escritura extractada. Puerto Varas, 19 de enero de 2026.