COMERCIAL FOTOMAX CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2026
- Repertorio
- 07/2026
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 02/01/2026, Repertorio N°07/2026, ante mí: PATRICIA BARBARACH BRONFMAN, C.I. 5.743.091-5, domiciliada en calle Málaga 89, Las Condes, por sí y en representación de JESSIE MEYER BARBARACH, C.I. 15.639.265-0, domiciliada en calle Málaga 89, Las Condes; HARRY MEYER GOLLE, C.I. 6.065.608-8, domiciliado en calle Málaga 89, Las Condes; y ARIEL MEYER BARBARACH, C.I. 18.022.421-1, domiciliado en Los Cipreses Oriente, Parcela 325, Puerto Varas, Región de Los Lagos, de paso por esta, modificaron sociedad “COMERCIAL FOTOMAX CHILE LIMITADA”, RUT 76.206.349-2, constituida e inscrita a fojas 22481 N° 15745, año 2012, Registro Comercio, Conservador Santiago y publicada en Diario Oficial de 9 de abril de 2012, y modificada posteriormente según extracto inscrito a fojas 82040 N°42048, año 2018, Registro Comercio, Conservador Santiago y publicada en Diario Oficial de 5 de noviembre de 2018: JESSIE MEYER BARBARACH representada por PATRICIA BARBARACH BRONFMAN vendió, cedió y transfirió a ARIEL MEYER BARBARACH, quien compró, aceptó y adquirió para sí los derechos de aquella equivalentes al 10% del capital social, precio pagado al contado en efectivo e ingresado caja social, pasando éste a ser socio de la sociedad. En consecuencia, quedan como únicos, actuales y exclusivos socios PATRICIA BARBARACH BRONFMAN, con 25% de los derechos sociales, JESSIE MEYER BARBARACH, con 40% de los derechos sociales, HARRY MEYER GOLLE con 25% de los derechos sociales y ARIEL MEYER BARBARACH con 10% de los derechos sociales. Los únicos socios de “COMERCIAL FOTOMAX CHILE LIMITADA” señalados, modificaron artículos 3° y 8° estatutos sociedad en sentido que el objeto de la sociedad será: “Uno) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; Dos) Producir y realizar toda clase de formas de comunicación como editar, por cuenta propia o ajena, o sirviendo de intermediaria, toda clase de publicaciones científicas, artísticas, de publicidad o de cualquier otro contenido, directamente o contratando con terceros su emisión y bajo su responsabilidad; Tres) El estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta, por cuenta propia o ajena, de actividades culturales, musicales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas, y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, manifestaciones, etcétera; Cuatro) La compraventa, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación de cámaras fotográficas y de video, rollos de película, aparatos de video y audio; servicio de revelado, copiado, ampliación y demás procesos para soporte de imágenes, rollos de fotografías y otras cintas y mecanismos de reproducción de imágenes y sonido; Cinco) Toda actividad relacionada con lo que en Economía se denomina “Marketing”, comprendiendo en ello estudios de mercado, el estudio, desarrollo y ejecución de campañas de publicidad de toda índole; venta de sistemas y programas de venta; conferencias, clases, cursos y reuniones de toda índole; Seis) La prestación de servicios y asesorías en relación a las actividades mencionadas; Siete) La representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas a las actividades mencionas; Ocho) El estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad o servicios publicitarios y de propaganda de todo tipo; y cualquier otro acto o negocio que acuerden los socios”, y la administración y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a doña JESSIE MEYER BARBARACH, don HARRY MEYER GOLLE, doña PATRICIA BARBARACH BRONFMAN y don ARIEL MEYER BARBARACH, quienes actuando individual y separadamente uno cualquiera de ellos representarán a la sociedad con amplias facultades, pudiendo ejercer todos aquellos actos y contratos, convenios de cualquier naturaleza y operaciones de todo tipo que se relacionen directa e indirectamente con el objeto de la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto constitutivo y que se dan por expresamente reproducidas una a una. Se mantienen todas y cada una de las cláusulas no modificadas en lo que fueren compatibles. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 08 de enero de 2026.-