MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SAN JOAQUIN SpA

RUT 77544683-8 CVE 2760767
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2025
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499.

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SAN JOAQUIN SpA socio 77544683-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino 40ª Notaría de Santiago, Teatinos Nº 332, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, ante mí, Tomás Alejandro Emanuel Prenafeta Asuar, abogado, cédula de identidad N°18.469.038-1, domiciliado en Av. Nueva de Lyon 145, piso 11, Providencia, R.M., en representación de don JUAN CARLOS CRUZ CONNELL, factor de comercio, cédula de identidad N°10.957.050-8, en su calidad de único y actual accionista de SAN JOAQUIN SpA, RUT N°77.544.683-8, inscrita a fojas 80, N°47 del Registro de Comercio del CBR de Rancagua del año 2025, procedió a sanear la sociedad de conformidad a la Ley 19.499. ANTECEDENTES: La sociedad se constituyó originalmente el 21 de marzo de 2022 en el Registro de Empresas y Sociedades. Mediante Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 29 de octubre de 2024, protocolizada con fecha 07 de noviembre de 2024 en esta misma Notaría, se acordó la migración de la sociedad al Régimen General. VICIOS: El proceso de migración adoleció de los siguientes vicios formales de nulidad: 1. Emisión extemporánea del Certificado Digital de Migración al Régimen General (emitido el 17 de diciembre de 2024); y, 2. Inscripción y Publicación tardía del extracto de dicha migración. El extracto fue inscrito el 03 de febrero de 2025 y publicado en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2025. SANEAMIENTO: Por el presente acto, el compareciente, en representación del actual y único accionista, viene en SANEAR los vicios formales de nulidad antes descritos, relativos a la emisión extemporánea del certificado y a la inscripción y publicación tardía del extracto, acogiéndose a las disposiciones de la Ley N°19.499. Se declara saneada la nulidad derivada de dichos vicios para que la migración y los estatutos sociales produzcan plenos efectos legales. Para efectos de publicación en el Diario Oficial, se deja constancia que el capital social corresponde a la suma de $5.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2025.