CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RESTAURANTE CHINA TOWN LIMITADA

CVE 2760899
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2026
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años a contar de la fecha de la presente escritura que se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno. Objeto será: a) La construcción, instalación, explotación de restaurantes, expendios de comida, cafeterías, bares, buffet, tenedor libre, organización de actividades gastronómicas, banquetes eventos , tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas, productos frescos, envasados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) La producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza, platos preparados, envasados, fríos o calientes, sándwiches, para servir o llevar; c) La comercialización, distribución, importación y exportación de productos alimenticios, bebidas, artículos de limpieza, envases, menaje y maquinaria industrial para restaurantes, cafeterías, casinos y afines; y, d) en general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que estando de acuerdo lo socios, digan relación directa

Administración

La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña XIAOE CHEN, quien, actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representará con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, Certifica; Por escritura pública de fecha 20 de enero de 2026, ante mí, los comparecientes: Doña XIAOE CHEN, comerciante, don HONGFEI LIANG, comerciante y don GUOYUAN LIANG, comerciante, todos domiciliados para estos efectos en Gamero N° 1492, comuna de Independencia, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, al monto de sus aportes. Razón Social: “RESTAURANTE CHINA TOWN LIMITADA, nombre de fantasía “CHINA TOWN LTDA.”, Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en cualquiera parte del país o del extranjero. Duración. 5 años a contar de la fecha de la presente escritura que se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno. Objeto será: a) La construcción, instalación, explotación de restaurantes, expendios de comida, cafeterías, bares, buffet, tenedor libre, organización de actividades gastronómicas, banquetes eventos , tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas, productos frescos, envasados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) La producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza, platos preparados, envasados, fríos o calientes, sándwiches, para servir o llevar; c) La comercialización, distribución, importación y exportación de productos alimenticios, bebidas, artículos de limpieza, envases, menaje y maquinaria industrial para restaurantes, cafeterías, casinos y afines; y, d) en general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que estando de acuerdo lo socios, digan relación directa. Capital: $15.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) XIAOE CHEN, aporta la suma de $1.500.000, de contado, ya ingresado a caja social, equivalentes a un 10% de los derechos sociales; b) HONGFEI LIANG, aporta la suma de $6.750.000, de contado, ya ingresado a caja social, equivalentes a un 45% de los derechos sociales; y, c) GUOYUAN LIANG, aporta la suma de $6.750.000, de contado, ya ingresado a caja social, equivalentes a un 45% de los derechos sociales. La responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña XIAOE CHEN, quien, actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada.