COMUNICACIONES NICOLETTI S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 75569-2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, zócalo, Las Condes, certifica que con fecha 31 de diciembre de 2025, bajo el Repertorio 75569-2025, se redujo a escritura pública, ante mí, el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de "COMUNICACIONES NICOLETTI S.A.", sociedad inscrita a fojas 11.669 N° 6040 del Registro de Comercio de Santiago del año 1985, celebrada en la misma fecha con la asistencia del 100% de las acciones con derecho a voto, correspondiente a 250 acciones pagadas, de las cuales don ARTURO FRANCISCO NICOLETTI FRANCESCHINI es titular de 212 acciones suscritas y pagadas y doña CARMEN CLAUDIA SANTONI CORTÉS es titular de 38 acciones suscritas y pagadas. Por unanimidad de los concurrentes se acordó: 1) Ratificar la disolución de la sociedad por el vencimiento de su plazo de vigencia de 30 años, cumplido el 23 de julio de 2015, subsistiendo la personalidad jurídica solo para los efectos de su liquidación. 2) Modificar la razón social, la que pasará a denominarse "COMUNICACIONES NICOLETTI S.A., EN LIQUIDACIÓN". 3) Reformar el Artículo Vigésimo de los estatutos, estableciendo que la liquidación será practicada por un liquidador único o por una comisión liquidadora de hasta 3 miembros, según designe el directorio o la junta, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición para ejecutar los actos tendientes a la liquidación social. 4) Designar como único Liquidador a don DIEGO ALONSO TERCERO LEFIMIL VALDEBENITO, cédula de identidad 18.196.565-7, quien acepta el cargo y jura ejercerlo fielmente, debiendo concluir la liquidación en un plazo que no excederá los 3 meses, para lo cual representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estará investido de todas las facultades de administración y disposición necesarias para realizar la liquidación social. Portador de copia autorizada facultado para legalización, requerir y firmar inscripciones, publicaciones y anotaciones que procedan. Demás estipulaciones en escritura extractada.