MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MIGDAL SpA

RUT 77630434-4 CVE 2760636
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2025
Repertorio
16881-2025
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina N°601, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura de fecha 24 de diciembre de 2025, repertorio N° 16.881-2.025, se redujo ante mi suplente MARCELO ANDRÉS DONOSO ARAYA, Acta Junta Extraordinaria de Accionistas MIGDAL SpA, celebrada con esta misma fecha ante mi suplente. Por unanimidad, los accionistas modificaron la sociedad en la cual se adoptó el acuerdo que se extracta a continuación: 1) Se acordó la modificación de los estatutos sociales, específicamente el Artículo 5, con el fin de corregir y adecuar la descripción de la preferencia de las acciones Serie B. Lo anterior, con el propósito de subsanar un error involuntario contenido en la escritura de constitución de la Sociedad. 2) Consecuencia de lo anterior, actuales accionistas acuerdan sustituir el Artículos 5º de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco mil trescientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos pesos, dividido en cinco mil trescientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales cinco mil trescientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y nueve acciones serán Serie A ordinarias y una acción será Serie B preferente, que se suscriben y pagan en la forma establecida en el Artículo Segundo Transitorio. La preferencia de las Acciones Serie B consiste en que sus titulares tendrán un derecho a un dividendo garantizado, cuyo monto sea equivalente al 1% del precio de adjudicación de cada uno de los contratos de adjudicación de los proyectos inmobiliarios que se adjudique la sociedad Constructora DAG SpA, debidamente reajustado por la Unidad de Fomento, más la rentabilidad promedio que represente la inversión de los accionistas en el Negocio (según dicho término se define en el Acuerdo Marco), aplicando la tasa interna de retorno (TIR) promedio que tenga la inversión para los accionistas Serie A. La Sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. La Sociedad llevará un registro en el que se anotará respecto de cada accionista su nombre, domicilio, cédula de identidad o rol único tributario, dirección de correo electrónico y teléfono, como asimismo, el número de acciones de que sea titular, la fecha en que éstas fueron inscritas a su nombre y tratándose de acciones suscritas y no pagadas, la forma y oportunidades de pago de ellas. Las acciones de la Sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. A requerimiento escrito de un accionista, la Sociedad deberá entregar un certificado que acredite la cantidad de acciones inscritas a nombre de dicho accionista en el Registro de Accionistas de la Sociedad. A solicitud del accionista el certificado puede restringirse a sólo parte de las acciones inscritas a su nombre. Estos certificados serán nominativos, indicarán la fecha de otorgamiento y deberán ser suscritos por el Gerente General de la Sociedad. Para los efectos de las formalidades necesarias para la constitución de prenda u otro derecho real sobre las acciones de la Sociedad, el certificado reemplazará al título representativo de las acciones de que se trate.” Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 22 de enero de 2026.