MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inversiones y Servicios Guadalquivir S.A.

RUT 76837530-5 CVE 2760176
Capital
$2.211.975.902 CLP
Fecha instrumento
14 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2026
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.211.975.902 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad es a) la inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda case de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; b) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) la participación en sociedades de cualquier tipo o especie que permitan a la Sociedad el cumplimiento de sus fines; y e) la realización de toda clase de actividades relacionadas, directa o indirectamente con los objetos anteriores, y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, Providencia, certifica: Que, con fecha 14 de enero de 2026, ante mi Notario Suplente doña KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Rodrigo Muñoz Figueroa, cédula nacional de identidad Nº 20.075.297-K, domiciliado para estos efectos en Isidora Goyenechea 2939, piso 10, Las Condes, redujo a escritura pública el acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones y Servicios Guadalquivir S.A. (la “Sociedad”), celebrada ante mi Notario Suplente, con fecha 14 de enero de 2026, en la que Holding Casino Rinconada SpA, debidamente representada y en su calidad de único accionista, transformó la Sociedad en una sociedad por acciones, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Nombre o Razón Social: “Inversiones y Servicios Guadalquivir SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es a) la inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda case de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; b) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) la participación en sociedades de cualquier tipo o especie que permitan a la Sociedad el cumplimiento de sus fines; y e) la realización de toda clase de actividades relacionadas, directa o indirectamente con los objetos anteriores, y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital social, ascendente a la suma de 2.211.975.902 pesos dividido en 2.211.975.902 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribió y pagó íntegramente con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 19 de Enero de 2026.