CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARC ARQUITECTOS LIMITADA

CVE 2760317
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna y ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana
Duración
5 años a contar de la fecha del presente estatuto, prorrogada tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios o sucesores manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción del pacto social constitutivo, aviso que deberá darse con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del periodo original o de la prórroga vigente; E)

Objeto social

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) La prestación de servicios de arquitectos, ingenieros civiles, calculistas, constructores y demás profesionales o técnicos del rubro inmobiliario o de construcción, y la asesoría y consultoría en todas las materias mencionadas; 2) El estudio, proyección, construcción, acondicionamiento, reparación, mantención, supervisión e inspección de edificaciones, en todo o parte, sea cómo propietario, contratista o subcontratista, por suma alzada, obra vendida, administración directa o delegada o en cualquier otra forma, por cuenta propia o ajena; la regularización de tales edificaciones ante la administración pública; y la prestación de servicios en inspección técnica de obras; así como la asesoría y consultoría en todas las materias mencionadas; 3) La compra, venta explotación, administración y arrendamiento, con o sin opción de compra, de inmuebles, amoblados o no, sea por cuenta propia o ajena; y la subdivisión y loteo de predios, con o sin construcción inmediata, sea por cuenta propia o ajena, y la asesoría, consultoría y servicios en tales materias; 4) La intermediación respecto de toda clase de actos y contratos, tanto civiles como comerciales, relativos a bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, y en especial el corretaje inmobiliario, de establecimientos rústicos, fabriles y comerciales, de materias primas y de mercaderías; 5) La tasación de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, con cualquier fin; 6) La prestación de servicios jurídicos, contables, tributarios y comerciales en actos, contratos y negocios del rubro inmobiliario y de construcción; así como la asesoría y consultoría en tales materias; y la gestión de negocios de cualquier naturaleza; 7) La prestación de servicios de marketing, relaciones públicas, publicidad y avisaje en todo soporte; así como la asesoría y consultoría en tales materias; 8) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales y extranjeras; 9) La inversión de capitales en el mercado nacional o extranjero; pudiendo formar e invertir en sociedades civiles y comerciales de cualquier tipo y giro; y 10) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas a los giros principales recién descritos; D)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha26/12/2025, ante mí suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, REP 14.526-2025: ALFREDO JUAN REYES CORBEAUX y ELIODORO REYES ZILLMANN, ambos domiciliados en av. Pérez Valenzuela N° 1460, Providencia; celebraron constitución de sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: A) Razón social: “ARC ARQUITECTOS LIMITADA”; B) Domicilio: comuna y ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer otras agencias, sucursales y depósitos en otros puntos del país o del extranjero; C) Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) La prestación de servicios de arquitectos, ingenieros civiles, calculistas, constructores y demás profesionales o técnicos del rubro inmobiliario o de construcción, y la asesoría y consultoría en todas las materias mencionadas; 2) El estudio, proyección, construcción, acondicionamiento, reparación, mantención, supervisión e inspección de edificaciones, en todo o parte, sea cómo propietario, contratista o subcontratista, por suma alzada, obra vendida, administración directa o delegada o en cualquier otra forma, por cuenta propia o ajena; la regularización de tales edificaciones ante la administración pública; y la prestación de servicios en inspección técnica de obras; así como la asesoría y consultoría en todas las materias mencionadas; 3) La compra, venta explotación, administración y arrendamiento, con o sin opción de compra, de inmuebles, amoblados o no, sea por cuenta propia o ajena; y la subdivisión y loteo de predios, con o sin construcción inmediata, sea por cuenta propia o ajena, y la asesoría, consultoría y servicios en tales materias; 4) La intermediación respecto de toda clase de actos y contratos, tanto civiles como comerciales, relativos a bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, y en especial el corretaje inmobiliario, de establecimientos rústicos, fabriles y comerciales, de materias primas y de mercaderías; 5) La tasación de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, con cualquier fin; 6) La prestación de servicios jurídicos, contables, tributarios y comerciales en actos, contratos y negocios del rubro inmobiliario y de construcción; así como la asesoría y consultoría en tales materias; y la gestión de negocios de cualquier naturaleza; 7) La prestación de servicios de marketing, relaciones públicas, publicidad y avisaje en todo soporte; así como la asesoría y consultoría en tales materias; 8) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales y extranjeras; 9) La inversión de capitales en el mercado nacional o extranjero; pudiendo formar e invertir en sociedades civiles y comerciales de cualquier tipo y giro; y 10) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas a los giros principales recién descritos; D) Duración: 5 años a contar de la fecha del presente estatuto, prorrogada tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios o sucesores manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción del pacto social constitutivo, aviso que deberá darse con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del periodo original o de la prórroga vigente; E) Capital social: $1.000.000.-, enterado de la siguiente manera: 1) ALFREDO JUAN REYES CORBEAUX con el 65% del capital, es decir, $650.000.-, que aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma ya ingresada a las arcas sociales; y 2) ELIODORO REYES ZILLMANN con el 35% del capital, es decir, $350.000.-, que aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma ya ingresada a las arcas sociales; F) Limitación de responsabilidad: los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes; y G) Administración y uso de razón social: ALFREDO JUAN REYES CORBEAUX y ELIODORO REYES ZILLMANN, separada e indistintamente, ya sea por sí o por intermedio del apoderado o delegado que designen.- Los administradores, actuando individual e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social o el nombre de fantasía a su firma, la representarán, judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades y podrá obligarla en toda clase de actos, contratos y negocios.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 22 de enero de 2026.