MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA

RUT 77615076-2 CVE 2759948
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2025
Repertorio
12980-25
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Administración

se modifica la administración y uso de la Razón Social, la que corresponderá exclusivamente a la socia GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, la que tendrá la representación exclusiva de la sociedad, pudiendo actuar anteponiendo la razón social a su firma personal, la representara con las más amplias facultades, incluyendo la de auto contratar, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, conforme a las facultades señaladas en el número SÉPTIMO de la escritura social, que trata de la administración y uso de la razón social, las que se entienden incorporadas al presente instrumento para todos los efectos legales; SEXTO: Los comparecientes, declaran ser los únicos socios de la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA , y es en esta calidad que comparecen a efectuar estas modificaciones, según consta en la escritura de constitución social y las modificaciones a la constitución señaladas en la cláusula primera del presente instrumento. En todo lo no modificado sigue plenamente vigente la escritura de constitución social, ya individualizada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas 979, Temuco, certifica: Por Escritura Pública de fecha 28 de Noviembre de 2025, Repertorio N°12.980-25, ante mí, comparecen: don FELIPE ANDRÉS VILLANUEVA GALLARDO, contador público y auditor, chileno, soltero, cédula de identidad N°15.328.220-K, domiciliado en Arturo Prat N°780 depto 203 de la ciudad de Temuco, en representación de don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS, ingeniero de ejecución en informática, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N°16.123.622-5, domiciliado en calle Real Alicante N°6665, comuna de la Florida, Región Metropolitana; doña ANGELICA MARIA MELLA ERICES, abogada, divorciada, cédula de identidad N°16.162.904-9, domiciliada en Avenida Valparaíso N°291 de la ciudad de Temuco; doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, licenciada en ciencias jurídicas, soltera, cédula de identidad N°13.515.739-2, domiciliada en Apóstol San Juan número cero trescientos ochenta y nueve de la ciudad de Temuco y don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE, chileno, administrador de empresas, divorciado, cédula de identidad N°15.503.836-5, domiciliado en calle Valparaíso doscientos noventa y uno de la ciudad de Temuco, todos comparecientes, mayores de edad, quienes me acreditaron sus identidades con sus respectivas cédulas y expusierón: PRIMERO: Que con fecha 6 de mayo de 2022, por escritura pública otorgada ante don Rodrigo Marcelo Abarzua Vergara, abogado, Notario Público de Temuco, suplente del titular don Héctor Efraín Basualto Bustamante, don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS y don LUIS ALEX ANTONIO CAMPOS CARRASCO, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA, ROL ÚNICO TRIBUTARIO N°77.615.076-2, capital un millón de pesos, cuyo extracto rola inscrito a fojas 589 N° 297 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Temuco del año 2022, extracto publicado en el Diario Oficial N°43.267, de fecha 01 de junio del año 2022; La sociedad fue modificada con fecha con fecha 21 de diciembre de 2023, por escritura pública otorgada ante don Jorge Elias Tadres Hales, cuyo extracto rola inscrito a fojas 48 vuelta N° 30 correspondiente al Registro del Comercio de Temuco del año 2024. Publicado en el Diario Oficial N°43.242, de fecha cinco de enero de dos mil veinticuatro. SEGUNDO: don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS y doña ANGELICA MARÍA MELLA ERICES, ya individualizados en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA , ya señalada, vienen en modificar la mencionada escritura de constitución en sentido de incorporar a doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA y a don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE, ya individualizados quien a través del presente instrumentos compran: a) doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, compra, adquiere y acepta para sí el cien por ciento a de la participación que le corresponde a don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS, quien vende, cede y transfiere, a través de su representante don Felipe Andrés Villanueva Gallardo, el cien por ciento de su participación en la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA , El precio de la venta es la suma de TRES MILLONES DE PESOS, que se enteran y pagan con deposito en la cuenta corriente de don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS, cuyo comprobante se exhibe; y que don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS, declara a través de su representante don FELIPE ANDRÉS VILLANUEVA GALLARDO, haber recibido a su entera satisfacción y conformidad, renunciando a toda acción que pudiere dar origen la transacción; doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, ya individualizada, declara que compra, adquiere y recibe, el porcentaje señalado; b) don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE, compra, adquiere y acepta para sí el cien por ciento a de la participación que le corresponde a doña ANGELICA MARÍA MELLA ERICES, quien vende, cede y transfiere, el cien por ciento de su participación en la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA , El precio de la venta es la suma de TRES MILLONES DE PESOS los que se encuentran pagados con anticipación, en efectivo y que doña ANGELICA MARÍA MELLA ERICES, declara haber recibido a su entera satisfacción y conformidad, renunciando a cualquier acción legal que pudiere dar origen a la transacción. Don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE, ya individualizado, declara que compra, adquiere y recibe el porcentaje señalado; por lo que los porcentaje de participación en la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA alcanzan en definitiva a doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, al cincuenta por ciento de participación en la referida sociedad antes señalada y la participación de don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE al cincuenta por ciento de participación en la sociedad antes señalada, completando así el cien por ciento del haber social; TERCERO: En cuanto a la modificación y venta de la participación social en la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA los socios exclusivos don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE y doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, vienen en excluir a don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS y doña ANGELICA MARÍA MELLA ERICES de la administración la sociedad; CUARTO: don RODRIGO ELIAS VALDEBENITO FERIAS y doña ANGELICA MARÍA MELLA ERICES renuncian a toda acción que dicha venta de su participación social pudiese dar lugar. QUINTO: los partes comparecientes, con el acuerdo de los nuevos socios doña GISELLE CECILIA MORALES SIERRA y don MAURICIO ALBERTO AXTELL JAQUE, ya individualizados, vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: De la Administración y uso de la razón social: se modifica la administración y uso de la Razón Social, la que corresponderá exclusivamente a la socia GISELLE CECILIA MORALES SIERRA, la que tendrá la representación exclusiva de la sociedad, pudiendo actuar anteponiendo la razón social a su firma personal, la representara con las más amplias facultades, incluyendo la de auto contratar, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, conforme a las facultades señaladas en el número SÉPTIMO de la escritura social, que trata de la administración y uso de la razón social, las que se entienden incorporadas al presente instrumento para todos los efectos legales; SEXTO: Los comparecientes, declaran ser los únicos socios de la sociedad SOCIEDAD DE ASESORÍA, CAPACITACIÓN Y PUBLICIDAD ENTERLEGAL LIMITADA , y es en esta calidad que comparecen a efectuar estas modificaciones, según consta en la escritura de constitución social y las modificaciones a la constitución señaladas en la cláusula primera del presente instrumento. En todo lo no modificado sigue plenamente vigente la escritura de constitución social, ya individualizada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Temuco, 10 de Diciembre de 2025.-