CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Reds Meds Servicios Médicos SpA

CVE 2759802
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2026
Notaría
Santiago con asiento en la

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2026
Notario
Gloria Ortiz Carmona
Oficio
Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura
Comuna
Santiago con asiento en la

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad es, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: A) La prestación de servicios médicos, consultas médicas, consultas médicas a domicilio, atención de urgencia, hospitalarias a clínicas privadas, centros médicos y todas otras instituciones de salud, en calidad ambulatoria; B) la prestación de servicio de salud y asistencia médica integral, tanto en forma ambulatoria como en el domicilio de los pacientes, incluyendo- sin carácter limitativo- la atención de pacientes en rehabilitación, personas con movilidad reducida, adultos mayores o pacientes que por su condición física o médica, requieran atención domiciliaria. Asimismo, podrá desarrollar funciones propias de médico de cabecera comprendiendo la evaluación, diagnostico, seguimiento clínico, control de enfermedades agudas o crónicas, prescripción de tratamientos y coordinación de cuidados, todo ello con atención presencial en el domicilio del paciente cuando así se requiera. C) La asesoría, capacitación y)o prestación de servicios médicos en todas sus especialidades en el área de la salud, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios o instituciones de salud, públicas o privadas, especialmente en Fondo Nacional de Salud, Servicio de salud, e instituciones de salud Previsional, pudiendo prestar dichos servicios a hospitales, clínicas, consultas, consultas a domicilio y centros médicos. D) Consultorías y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, incluyendo visitas a domicilio, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficio del Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar y compañías de seguros; E) Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos, insumos e instrumental destinados al área de la salud; F) Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas; Sin perjuicio de lo anterior, será del objeto de la sociedad, todo aquel negocio o actividad acordada por los accionistas, y que no sean contrarios a la ley

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gloria Ortiz Carmona, Notario Público de la Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura 4607, local 21, comuna de Vitacura, certifica: Por escritura pública de 20 de enero de 2026, ante mí, don JUAN PABLO ROJAS CEPEDA, constituyó sociedad por acciones con el nombre de “Reds Meds Servicios Médicos SpA”, pudiendo operar adicionalmente y bajo su nombre de fantasía, el cual será “Reds Meds SpA”. Objeto social: El objeto de la Sociedad es, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: A) La prestación de servicios médicos, consultas médicas, consultas médicas a domicilio, atención de urgencia, hospitalarias a clínicas privadas, centros médicos y todas otras instituciones de salud, en calidad ambulatoria; B) la prestación de servicio de salud y asistencia médica integral, tanto en forma ambulatoria como en el domicilio de los pacientes, incluyendo- sin carácter limitativo- la atención de pacientes en rehabilitación, personas con movilidad reducida, adultos mayores o pacientes que por su condición física o médica, requieran atención domiciliaria. Asimismo, podrá desarrollar funciones propias de médico de cabecera comprendiendo la evaluación, diagnostico, seguimiento clínico, control de enfermedades agudas o crónicas, prescripción de tratamientos y coordinación de cuidados, todo ello con atención presencial en el domicilio del paciente cuando así se requiera. C) La asesoría, capacitación y/o prestación de servicios médicos en todas sus especialidades en el área de la salud, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios o instituciones de salud, públicas o privadas, especialmente en Fondo Nacional de Salud, Servicio de salud, e instituciones de salud Previsional, pudiendo prestar dichos servicios a hospitales, clínicas, consultas, consultas a domicilio y centros médicos. D) Consultorías y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, incluyendo visitas a domicilio, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficio del Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar y compañías de seguros; E) Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos, insumos e instrumental destinados al área de la salud; F) Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas; Sin perjuicio de lo anterior, será del objeto de la sociedad, todo aquel negocio o actividad acordada por los accionistas, y que no sean contrarios a la ley. Capital: Asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que es pagado y suscrito por el accionista constituyente de la siguiente manera: don JUAN PABLO ROJAS CEPEDA, suscribe la cantidad de 1.000 acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $1.000.000 del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. De esta forma el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago de Chile, 21 de enero de 2026.