MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Octavio Soto y Emilio Soto, Arquitectos Limitada

RUT 78023160-2 CVE 2759611
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2025
Repertorio
159-2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

N. fantasía
Soto Arquitectura y Diseño Ltda. B) Se modificó la administración de la sociedad y el uso de la razón social, que corresponderán a don Emilio Humberto Soto Calonge, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Capital
$200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada, ante mí, de fecha 10 de diciembre de 2025, rectificada y aclarada por escritura pública de fecha 8 de enero de 2026, bajo el repertorio 159-2026, la comunidad hereditaria formada al fallecimiento de don Emilio Octavio Soto De Angelis, integrada por Emilio Humberto Soto Calonge, Ana De La Luz Calonge Baeza y Andrea Cecilia Soto Calonge; don Emilio Humberto Soto Calonge ;y don Martín Soto Maldini, todos los anteriores domiciliados en Avenida La Dehesa 1201, Edificio Norte, Oficina 310, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “Octavio Soto y Emilio Soto, Arquitectos Limitada”, inscrita a fojas 29.809, N° 23.902, Registro de Comercio de Santiago del año 1998, RUT N°78.023.160-2, capital estatutario $200.000, en los siguientes sentidos: A) Se retiró de la sociedad la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Emilio Octavio Soto De Angelis, quien vendió, cedió y transfirió la totalidad de su participación en la Sociedad, equivalente a un 50% del capital social, a don Emilio Humberto Soto Calonge y a don Martín Soto Maldini. Como consecuencia de las referidas cesiones quedaron como únicos socios de la sociedad los que a continuación se indican, con la participación social que en cada caso se señala: A) Don Emilio Humberto Soto Calonge, con el equivalente al 75% del total del capital social; y, B) Don Martín Soto Maldini, con el equivalente al 25% del capital social. B) Se modificó la razón social, reemplazándola por: SOTO Y SOTO ARQUITECTURA Y DISEÑO LIMITADA. Nombre de fantasía: Soto Arquitectura y Diseño Ltda. B) Se modificó la administración de la sociedad y el uso de la razón social, que corresponderán a don Emilio Humberto Soto Calonge, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en las escrituras que extracto.- Santiago, 15 de enero de 2026.-