Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2026
- Repertorio
- 186-2026
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaria
Sociedad
- N. fantasía
- “INVERSIONES LEM”
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a tres meses al vencimiento del respectivo período
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador que será designado por Junta Extraordinaria de Accionistas, quien podrá actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura. Mientras la Junta Extraordinaria de Accionistas no nombre y designe al Administrador, el uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Daniela Elena Simonelli O`Reilly
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 186-2026, de fecha 10 de enero de 2026, ante mí: Doña DANIELA ELENA SIMONELLI O`REILLY, cédula de identidad 12.222.342-6; don TOMAS ANDRES OJEDA SIMONELLI, cédula de identidad 21.405.077-3; y don FELIPE ANDRES OJEDA SIMONELLI, cédula de identidad 22.537.312-4, todos domiciliados en calle Río Ródano 4291, Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente, en aquellas materias no reguladas por sus estatutos, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: "INVERSIONES LEM SpA", nombre de Fantasía: “INVERSIONES LEM”. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a tres meses al vencimiento del respectivo período. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador que será designado por Junta Extraordinaria de Accionistas, quien podrá actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura. Mientras la Junta Extraordinaria de Accionistas no nombre y designe al Administrador, el uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Daniela Elena Simonelli O`Reilly. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $200.000.- dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: doña DANIELA ELENA SIMONELLI O`REILLY suscribe y paga en el acto 1.000 acciones; don TOMAS ANDRES OJEDA SIMONELLI suscribe y paga en el acto 500 y don FELIPE ANDRES OJEDA SIMONELLI, suscribe y paga en el acto 500 acciones.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2026.