SOCIEDAD FABRICA DE RESORTES CASTILLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2025
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $43.440.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de 19 noviembre 2025, ante mí, don JOSE ANDRES CASTILLO CARTER, empresario, domiciliado Paseo Aragón 385, Temuco; doña SILVIA YOLANDA CASTILLO CARTES, empresaria, domiciliada Rudecindo Ortega 01224, Temuco; y don JORGE EDUARDO CASTILLO CARTES, empresario, domiciliado Martin Lutero 2806, casa 26, Temuco; modificaron sociedad SOCIEDAD FABRICA DE RESORTES CASTILLO LIMITADA constituida el 2 de octubre de 1989 Notario Público de Temuco doña Florinda Cheuquepan Arzola, Suplente del Titular Venancio Lisboa Echeverría, extracto se inscribió a fojas 521 N°373 en Registro Comercio de Temuco de 1989, y se publicó en D.Of. de 9 de octubre de 1989. Sociedad ha tenido diversas modificaciones, individualizadas escritura que se extracta. Actualmente la sociedad tiene un capital de $43.440.000.- Uno) Por don JOSE ANDRES CASTILLO CARTER, vende, cede y transfiere a don JORGE EDUARDO CASTILLO CARTES, quien compra y acepta para sí, el 33,3% de los derechos, interés y participación que tiene el primero en la sociedad, correspondientes al 16,6% del total de derechos sociales de la sociedad. Precio indicado escritura. Dos) Por instrumento, doña SILVIA YOLANDA CASTILLO CARTES, con el consentimiento de su consocio; don José Andrés Castillo Carter, vende, cede y transfiere a vende, cede y transfiere a don JORGE EDUARDO CASTILLO CARTES, quien compra y acepta para sí, el 33,3% de los derechos, interés y participación que tiene el primero en la sociedad, correspondientes al 16,6% del total de derechos sociales de la sociedad. Precio indicado escritura. Consecuencia derechos don JOSE ANDRES CASTILLO CARTER y doña SILVIA YOLANDA CASTILLO CARTES, disminuyen su derechos, interés y participación en la sociedad, e ingresa don JORGE EDUARDO CASTILLO CARTES, quedando igualmente con una participación de un tercio en el capital, o sea, con un aporte de $14.480.000.- cada uno, y un tercio en las utilidades y pérdidas de la sociedad. Actuales socios modifican la sociedad, en el sentido de que la representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá conjuntamente a DOS cualesquiera de los tres socios, los cuales actuando en la forma antes dicha la representarán judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, y se encontrarán investidos de todas las facultades de administración sin que sea necesario el otorgamiento de poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen dicha circunstancia., quedando en consecuencia facultado para ejecutar todos los actos y contratos que estime convenientes para la realización de los negocios sociales y la inversión de los recursos de la compañía. De acuerdo a ello, anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios, y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva. En lo no modificado permanecen vigentes todas y cada una de las cláusulas contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 13 enero 2026.-