SOCIEDAD DE INVERSIONES TERRA AGRO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2026
- Notario
- RODRIGO DÍAZ SUÁREZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO DÍAZ SUÁREZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en Av. PrEduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don JORGE ANDRES MORENO LOPEZ, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos dos mil setecientos setenta y nueve guion tres; don DIEGO ALEJANDRO LOPEZ ARELLANO, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos mil quinientos ochenta y cinco guion nueve; y don CARLOS ALBERTO MORENO LOPEZ, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos noventa y tres mil setecientos doce guion uno, todos domiciliados para estos efectos en con domicilio para estos efectos en Longitudinal Antiguo Nº 488, comuna de Olivar, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, modificaron la sociedad por acciones SOCIEDAD DE INVERSIONES TERRA AGRO SpA”, rol único tributario número setenta y siete millones quinientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho guion uno, inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua a fojas 282, número 153 correspondiente al año 2022, en la forma que sigue: Venta de la totalidad de las acciones de JORGE ANDRES MORENO LOPEZ a favor de CARLOS ALBERTO MORENO LOPEZ. Modificación del ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social en lo siguiente: “Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los únicos y exclusivos accionistas de la Sociedad nombran a DIEGO ALEJANDRO LOPEZ ARELLANO, y a JORGE ANDRES MORENO LOPEZ como Gerentes Generales o Administradores de la sociedad, quién actuando conjunta o individualmente, y anteponiendo su firma al nombre del mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos décimo séptimo y décimo octavo de los estatutos sociales. El capital social equivalente a la suma diez millones de pesos no ha variado. En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes las estipulaciones señaladas en el estatuto social de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 12 de Enero de 2026.-