MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Wulaia SpA

RUT 76719904-K CVE 2758929
Capital
$1.004 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2026
Repertorio
75552-2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
1° Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.004 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la 1° Notaría de La Reina, con domicilio en Avenida Príncipe de Gales Apoquindo N°5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica que: con fecha 29 de diciembre del año 2025, ante mí, bajo el repertorio N°75.552-2025, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES WULAIA SpA (la “Sociedad”) inscrita a fojas 21109 número 11760 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. En dicha Junta, celebrada ante mí con la misma fecha, con la asistencia de don Jaime Andrés Crespo Larraín y de doña Francisca Lewin Urzúa, en su calidad de accionistas titulares del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, según consta en el Registro de Accionistas que se tuvo a la vista, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: (a) aumentar el número de acciones en que se divide el capital de la Sociedad, desde 100 acciones a 973.628 acciones mediante la emisión de 973.528 nuevas acciones liberadas de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, entregando a los actuales accionistas de la Sociedad 9.735,28 nuevas acciones por cada acción que tengan; (b) aumentar el capital por la suma de $1.004, mediante la emisión de 1 acción de una nueva Serie SO preferente por el mismo precio, la que se deberá suscribir en un plazo de 60 días contado desde esta fecha, en consecuencia el capital de la Sociedad ascendería a la suma de $2.001.004, dividido en 973.629 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, de las cuales 973.628 acciones serían ordinarias y 1 acción sería Serie SO preferente; (c) producto de las modificaciones anteriores, reemplazar íntegramente los artículos Cuarto Permanente y Primero Transitorio, por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de dos millones mil cuatro pesos dividido en novecientas setenta y tres mil seiscientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, de las cuales novecientas setenta y tres mil seiscientas veintiocho acciones son acciones ordinarias y una acción es Serie SO preferente. La Serie SO tendrá el derecho a recibir preferentemente las utilidades que se generen producto de los dividendos, rentas y derechos económicos en general que reciba la Sociedad en su calidad de titular de las acciones Serie ESOP de la sociedad Inversiones y Comercio Eurofrance S.A. o de las sociedades en que ésta se divida, fusione o transforme en calidad de su sucesora legal, mientras la Sociedad sea titular de ellas, hasta el primero de diciembre del año dos mil cuarenta y cinco, sin tener otros derechos económicos en la Sociedad hasta esa fecha.”; "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de dos millones mil cuatro pesos dividido en novecientas setenta y tres mil seiscientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, de las cuales novecientas setenta y tres mil seiscientas veintiocho acciones son ordinarias y una acción es Serie SO preferente, suscrito y pagado de la siguiente forma: (i) Con la suma de dos millones de pesos equivalente a novecientas setenta y tres mil seiscientas veintiocho acciones ordinarias, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (ii) Con la suma de mil cuatro pesos equivalente a una acción Serie SO preferente, que se deberá suscribir y pagar dentro del plazo de 60 días contado desde la celebración de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco.”; y, (d) modificar los estatutos de la Sociedad en otras materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 13 de enero de 2026.