Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2026
- Notario
- Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, producción, elaboración, transformación, procesamiento, selección, clasificación, envasado, conservación, distribución, comercialización, importación y exportación de frutos, frutas, vegetales, productos agrícolas y alimenticios en general, tanto en estado fresco como congelado, deshidratado, procesado o elaborado, incluyendo, entre otros, productos derivados o afines. Asimismo, podrá adquirir, comercializar y utilizar insumos, materias primas, envases, maquinarias, equipos, herramientas y tecnología necesaria para el desarrollo de dicho objeto; b) La explotación de establecimientos comerciales, industriales y productivos relacionados con su objeto social, pudiendo para estos efectos adquirir, arrendar, subarrendar, administrar y explotar locales comerciales, plantas de procesamiento, fábricas, bodegas, centros de distribución, oficinas y toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios o convenientes para el desarrollo de sus actividades; c) La prestación de servicios de procesamiento, maquila, almacenamiento, transporte, logística, distribución, comercialización, asesoría técnica, desarrollo de productos, representación comercial y, en general, la creación, otorgamiento, administración y explotación de franquicias comerciales, así como la adquisición de franquicias de terceros, y cualquier otro servicio conexo o complementario relacionado directa o indirectamente con la industria alimentaria; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; e) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas, relacionadas o no con su objeto principal, así como la constitución, desarrollo o administración de estas, por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros; y f) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos civiles y comerciales que los accionistas estimen necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, incluyendo expresamente el otorgamiento y explotación de franquicias, así como aquellos que se relacionen directa o indirectamente con éste, dentro de los límites permitidos por la ley
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Abogado, Notario Público, Titular de la segunda Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara número 107, comuna de Las Condes, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 16 de enero de 2026, repertorio número 3.367-2025, Francisco Aurelio Bruzzone Bawlitza y Martín Enrique Alfaro Mohr, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad será “Inversiones BM SpA”, pudiendo actuar y obligarse también bajo el nombre de fantasía “Ayni Andes SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, producción, elaboración, transformación, procesamiento, selección, clasificación, envasado, conservación, distribución, comercialización, importación y exportación de frutos, frutas, vegetales, productos agrícolas y alimenticios en general, tanto en estado fresco como congelado, deshidratado, procesado o elaborado, incluyendo, entre otros, productos derivados o afines. Asimismo, podrá adquirir, comercializar y utilizar insumos, materias primas, envases, maquinarias, equipos, herramientas y tecnología necesaria para el desarrollo de dicho objeto; b) La explotación de establecimientos comerciales, industriales y productivos relacionados con su objeto social, pudiendo para estos efectos adquirir, arrendar, subarrendar, administrar y explotar locales comerciales, plantas de procesamiento, fábricas, bodegas, centros de distribución, oficinas y toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios o convenientes para el desarrollo de sus actividades; c) La prestación de servicios de procesamiento, maquila, almacenamiento, transporte, logística, distribución, comercialización, asesoría técnica, desarrollo de productos, representación comercial y, en general, la creación, otorgamiento, administración y explotación de franquicias comerciales, así como la adquisición de franquicias de terceros, y cualquier otro servicio conexo o complementario relacionado directa o indirectamente con la industria alimentaria; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; e) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas, relacionadas o no con su objeto principal, así como la constitución, desarrollo o administración de estas, por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros; y f) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos civiles y comerciales que los accionistas estimen necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, incluyendo expresamente el otorgamiento y explotación de franquicias, así como aquellos que se relacionen directa o indirectamente con éste, dentro de los límites permitidos por la ley. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en cualquier lugar del territorio nacional y en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las cuales fueron suscritas y pagadas en el acto, de la siguiente manera: Francisco Aurelio Bruzzone Bawlitza, suscribe y paga la cantidad de quinientas acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de quinientos mil pesos, al contado y en dinero en efectivo y, Martín Enrique Alfaro Mohr suscribe y paga la cantidad de quinientas acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de quinientos mil pesos, al contado y en dinero en efectivo. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de enero de 2026. Francisco Leiva Carvajal, Notario Publico Titular.-