INMOBILIARIA LOS PIUQUENES SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 65823-2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $926.550.148 CLP
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES LAS TÓRTOLAS SpA | socio | 77611741-2 | — | — | |
| INVERSIONES LA NEVADA SpA | socio | 77611796-K | — | — | |
| INVERSIONES BARROS NEGROS SpA | socio | 77614808-3 | — | — | |
| INMOBILIARIA LOS PIUQUENES SpA | socio | 76144380-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, Las Condes, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 28 de noviembre de 2025, Repertorio N° 65.823-2025, ante mí, INVERSIONES LAS TÓRTOLAS SpA, RUT N° 77.611.741-2, INVERSIONES LA NEVADA SpA, RUT N° 77.611.796-K, INVERSIONES FABRES SpA, RUT en trámite, e INVERSIONES BARROS NEGROS SpA, RUT N° 77.614.808-3, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf 40, piso 20, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, como únicos y actuales accionistas de INMOBILIARIA LOS PIUQUENES SpA, RUT N° 76.144.380-1, inscrita a fojas 22.706 N° 16.990, Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2004, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificar sus estatutos, en el sentido de: 1) aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $926.550.148, es decir, desde la suma de $630.000, dividido en 630.000 acciones, a la suma de $927.180.148, para lo cual se emitirán 926.550.148 acciones, suscritas y pagadas según se indica en la escritura; 2) Sustituir, por acuerdo unánime de los accionistas, los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $927.180.148, dividido en 927.180.148 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El capital podrá pagarse en dinero u otros bienes. El capital se entera, se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos”. El nuevo Artículo Primero Transitorio establece que la totalidad de las acciones quedan suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 24 de diciembre de 2025.