Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2026
- Repertorio
- 303-26
- Notario
- Evaldo Rehbein Utreras
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
(a) la adquisición, explotación, construcción, urbanización, arrendamiento y comercialización de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o ajena; (b) la ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; y (c) dar o tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles. Para el cumplimiento de sus objetos, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y suscribir toda clase de contratos, incluso constituir y)o participar en otras sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y administrarlas. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Rehbein Utreras, Abogado, Notario Público de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver 225, oficina 302, Titular de la 29° Notaría de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 16 de enero de 2026, Repertorio N°303-26, San Agustín SpA y Beta Gestión Educacional S.A., constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: Inmobiliaria Coihueco SpA. Objeto: (a) la adquisición, explotación, construcción, urbanización, arrendamiento y comercialización de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o ajena; (b) la ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; y (c) dar o tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles. Para el cumplimiento de sus objetos, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y suscribir toda clase de contratos, incluso constituir y/o participar en otras sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y administrarlas. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades. Capital: El capital social será la cantidad de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al contado en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la protocolización para su legalización. Santiago, 19 de enero de 2026.