Fianzas Insur Sociedad Anonima de Garantia Reciproca
Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2026
- Repertorio
- 166-2026
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $17.816.620.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea N°3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, con fecha 7 de enero de 2026, Repertorio N° 166-2026, se redujo ante la notario suplente doña Francisca Javiera Almendares Hoch, el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Fianzas Insur Sociedad Anonima de Garantia Reciproca, celebrada fecha 22 de diciembre 2025, en la que se acordó lo siguiente: Dejar constancia que el capital social suscrito y pagado de la Compañía al día de la junta de accionistas corresponda a $17.816.620.000, dividido en 378.221 veintiún acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, ya que el capital de la sociedad se modificó de pleno derecho, en virtud del artículo 11 de la ley S.A. y artículo 18 del nuevo reglamento de la ley de sociedades anónimas, al no haberse suscrito y pagado todas las acciones dentro del plazo establecido por la junta de accionistas, éste se redujo en la parte no suscrita. Además, acordó aumentar el capital social de suma de $17.816.620.000, dividido en 378.221 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal a $27.816.595.755 dividido en 590.506 acciones y no capitalizar las utilidades acumuladas, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: a) Con $17.816.620.000, dividido en 378.221 acciones nominativas corresponden al capital suscrito y pagado de la sociedad; b) Con $9.999.975.755 que corresponde al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas ya referida, mediante la emisión de 212.285 acciones nominativas sin valor nominal que deberán pagarse a un valor de $47.106,37 cada una, al contado, en dinero efectivo. El total del aumento de capital acordado deberá ser emitido, suscrito y pagado, a más tardar el día 30 de abril de 2026. Como consecuencia del antedicho acuerdo se modifican artículos sexto y primero transitorio del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 15 de enero de 2026.