MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. JORGE MONARDES MUÑOZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76174305-8 CVE 2758919
Fecha instrumento
19 de enero de 2026
Notaría
Espinosa

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2026
Comuna
Espinosa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Titular Concepción, Rengo 444, Concepción, Certifica: Por escritura pública de 19/01/2026 ante mí, JORGE ANDRÉS MONARDES MUÑOZ, médico cirujano, San Martín Nº 920, oficina 307, Concepción, por sí y en representación de MARÍA ANTONIA MONARDES MUÑOZ, bióloga marina, domiciliada en Rue Abbé Fiévez, Nº 19, 6230, Pont-á-Celles, Reino de Bélgica; modifican sociedad de Responsabilidad Limitada, “DR. JORGE MONARDES MUÑOZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rut Nº 76.174.305-8, suscrita escritura pública 30/09/2011, Notaría Espinosa, Concepción, inscrita fs. 2533 vta., Nº 2020, Registro Comercio CBR Concepción, año 2011, publicada D.O. 08/10/2011 y modificada: a) escritura pública 16/03/2012, Notaría Espinosa, Concepción, inscrita fs. 765, Nº 735, Registro Comercio CBR Concepción, año 2012, publicada D.O. 04/04/2012 y b) escritura pública 12/03/2024, Notaría Avello, Concepción, inscrita fs. 637, Nº430, Registro Comercio CBR Concepción, año 2024, publicada D.O. 03/04/2024: en la siguiente forma: 1) Modifican cláusula cuarta del estatuto social, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que corresponderá exclusivamente a JORGE ANDRÉS MONARDES MUÑOZ, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. 2) Modifican cláusula séptima del estatuto social, relativa al Balance y Distribución de Resultados entre los socios, que se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivas participaciones sociales. 3) Modifican cláusula novena del estatuto social, relativa al fallecimiento de uno de los socios según se indica en escritura extractada y para el caso de fallecimiento del socio a cargo de la administración, representación y uso de la razón social, asumirá la administración de la sociedad en forma exclusiva, la representación y uso de la razón social, don Misael Antonio Inostroza Cea, con todas y cada una de las facultades conferidas al socio administrador fallecido, las que se dan por expresamente reproducidas. 4) Modifican cláusula décima del estatuto social, relativa a la liquidación, según se indica en escritura extractada y 5) Modifican cláusula duodécima del estatuto social, relativa al arbitraje, según se indica en escritura extractada. En lo no modificado rigen estipulaciones pacto constitutivo y modificaciones. Demás estipulaciones, escritura extractada.- CONCEPCION, ENERO 20 DE 2026.-