CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA EL ALMA LIMITADA

CVE 2758392
Fecha instrumento
6 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2026
Repertorio
231
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar desde esta fecha, vigencia que se renovara automática, tacita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios expresare su voluntad de no prorrogarla mediante escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento o plazo de la prórroga que se encuentre vigente

Objeto social

VIGENCIA Y

Administración

La administración y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a doña MARÍA PATRICIA MACARENA SALGADO MIDDLETON cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cincuenta mil trescientos cuarenta y uno guion nueve, con las más amplias facultades comprendidas en el artículo séptimo de los estatutos sociales. RESPONSABILIDAD:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 06 de enero de 2026, Repertorio N° 231, otorgada ante mí, doña MARÍA PATRICIA MACARENA SALGADO MIDDLETON, chilena, casada con separación total de bienes, agricultora, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cincuenta mil trescientos cuarenta y uno guion nueve, domiciliada en Fundo La Brisa sin número, comuna de Colbún, Región del Maule, y B) don DAMÍAN JOSÉ PÉREZ SALGADO, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número veinte millones cuatrocientos veintisiete mil novecientos once guion K, domiciliado en Avenida Eliodoro Yáñez número dos mil setecientos nueve, departamento A, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuya escritura social extracto: SOCIOS: Los únicos socios iniciales de esta sociedad son doña María Patricia Macarena Salgado Middleton y don Damián José Pérez Salgado, ya individualizados.- RAZÓN SOCIAL: Que, la razón social de la persona jurídica será “SOCIEDAD AGRÍCOLA EL ALMA LIMITADA” pudiendo actuar con el nombre de fantasía, incluso hasta en bancos e instituciones financieras como “AGRÍCOLA EL ALMA LTDA.” OBJETO El objeto de la sociedad será: ya sea por cuenta propia o a través de terceros, sean personas naturales o jurídicas, en el país o en el extranjero: A) La explotación agrícola, ganadera o forestal extractiva primaria derivado de la explotación de predios agrícolas de la sociedad o de terceros, y la compra, venta, importación, exportación y comercio de bienes agrícolas, forestales y pecuniarios que produzca la sociedad; B) La producción, comercialización, exportación e importación de todo tipo de productos agrícolas, y por tanto también, la explotación forestal sobre predios propios y/o arrendados para la producción de bienes económicos referidos a cereales, frutales, forrajeras, hortalizas, legumbres y cultivos industriales; almacenamiento en silos o cualquier otro medio a fin; fraccionamiento de la producción; distribución de la misma; exportación; forestación, pudiendo desarrollar actividades complementarias de esa finalidad sin limitación alguna, como también ganadera: para explotar predios rurales propios y/o arrendados, afectándolos a la cría de hacienda, engorde o invernada, para consumo propio y/o venta en mercados de hacienda, frigoríficos, particulares y/o empresas; distribución de carnes, cueros, o cualquier género de sus derivados y la venta de los productos antes mencionados, de semillas y productos agrícolas, ; y C) La representación de toda clase de marcas o licencias, y cualquier otra actividad sea que éste relacionada o no con el objeto principal de la sociedad, así como la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social.VIGENCIA Y DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar desde esta fecha, vigencia que se renovara automática, tacita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios expresare su voluntad de no prorrogarla mediante escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento o plazo de la prórroga que se encuentre vigente.. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: A) la socia doña MARÍA PATRICIA MACARENA SALGADO MIDDLETON aporta la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales, y que equivalen al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y B) el socio don DAMÍAN JOSÉ PÉREZ SALGADO, aporta la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales, y que equivalen al uno por ciento de los derechos sociales. Por tanto, el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado:. ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a doña MARÍA PATRICIA MACARENA SALGADO MIDDLETON cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cincuenta mil trescientos cuarenta y uno guion nueve, con las más amplias facultades comprendidas en el artículo séptimo de los estatutos sociales. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 15 de enero del 2026.