CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS VETERINARIOS PVC LIMITADA

RUT 7001552-8 CVE 2758162
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2025
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 3 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales periodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo periodo

Objeto social

Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ don HERNÁN ANTONIO PRIETO EDWARDS aporta, paga y entera, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 600.000 pesos, equivalente al 60 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y /Dos/ don ROBERTO YURI GODOY GUERRA aporta, paga y entera, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 400.000 pesos, equivalente al 40 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad

Administración

La administración y representación de la Sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don DANIEL PABLO TRIVELLI DÍAZ, cédula de identidad número 13.069.038-6, debiendo actuar conjuntamente con uno cualesquiera de los señores RODRIGO FERNANDO DURRUTY ORTEGA, cédula de identidad número 7.277.670-4, o don HERNÁN ANTONIO PRIETO EDWARDS, cédula de identidad número 7.001.552-8, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública ante mí, de fecha 18 de diciembre de 2025, repertorio número 22.130-2025, don HERNÁN ANTONIO PRIETO EDWARDS, cédula de identidad número 7.001.552-8, domiciliado en Parcela M 6, La Nogalada, comuna de Pirque, Región Metropolitana; y don ROBERTO YURI GODOY GUERRA, cédula de identidad número 13.049.845-0, domiciliado calle Novena Avenida número 1.114, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos contienen las siguientes menciones extractables: Razón Social: La razón social de la sociedad será “SERVICIOS VETERINARIOS PVC LIMITADA”. Administración: La administración y representación de la Sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don DANIEL PABLO TRIVELLI DÍAZ, cédula de identidad número 13.069.038-6, debiendo actuar conjuntamente con uno cualesquiera de los señores RODRIGO FERNANDO DURRUTY ORTEGA, cédula de identidad número 7.277.670-4, o don HERNÁN ANTONIO PRIETO EDWARDS, cédula de identidad número 7.001.552-8, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ don HERNÁN ANTONIO PRIETO EDWARDS aporta, paga y entera, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 600.000 pesos, equivalente al 60 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y /Dos/ don ROBERTO YURI GODOY GUERRA aporta, paga y entera, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 400.000 pesos, equivalente al 40 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Objeto: El objeto de la Sociedad será el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de veterinario, y la atención a clientes particulares, sociedades, organismos públicos y demás instituciones; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 3 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales periodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo periodo. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 16 de enero de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-