MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PIU BELLA RESTAURANTE SpA

RUT 77006586-0 CVE 2758076
Fecha instrumento
15 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2026
Repertorio
183-2026
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Antonieta Mendoza Escalas, Abogado, Notario titular de la 16ª Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 15/1/2026, reducida a escritura pública el día 15/1/2026, Repertorio N°183-2026, ante mí, los accionistas de PIU BELLA RESTAURANTE SpA, acordaron Modificar el objeto social, artículo cuarto permanente del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: Uno.-La prestación de servicios de restaurante, fuente de soda, cocinería y banquetería en general, la elaboración y expendio de comida, preparación y elaboración de alimentos y su venta al público, conjuntamente con el expendio de bebidas alcohólicas y servicios de bar. Dos.- La producción, comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos naturales, manufacturados, elaborados o semielaborados destinados a la alimentación. Tres.- La explotación por cuenta propia o de terceros de todo tipo de franquicias, locales comerciales, restaurant, cafés, establecimientos de comercios que atienda directamente a público, para la venta de todo tipo de productos o mercaderías sin restricción alguna y en general la celebración de todo tipo de todo tipo de contratos y actos que acuerde en futuro necesarios para los fines sociales. Cuatro.- La explotación directa o indirecta, mediante la adquisición de franquicias o marcas, tanto nacionales como internacionales, de cualquier tipo ya sea ventas de productos o prestación de servicios. Cinco.-Capacitaciones, asesorías integrales y actividades de apoyo en terreno o distancia, relacionadas, directa e indirectamente con la explotación y administraciones de locales comerciales, marcas, franquicias y administración de estos mismos, ya sea en forma directa o mediante la utilización de terceros. Seis.- En general y celebrar toda clase de actos o contratos que directa o indirectamente digan relación con la consecución de los fines sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago, 15 de Enero de 2026.