Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2025
- Notario
- Pablo Martínez Loaiza
- Oficio
- 1° Notaría de La Reina con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5.841
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $27.080.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región de Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
- Duración
- La Sociedad comienza a regir con esta misma fecha y tendrá una duración de 30 años renovables por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 6 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad. Seis
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
Corresponderá a don Cristián Javier Hanania Saba, actuando en la forma y con las facultades indicadas en escritura extractada. Tres
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Martínez Loaiza, abogado, Notario Público Titular de la 1° Notaría de La Reina con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5.841, comuna de La Reina, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2025, ante mí, don Cristián Javier Hanania Saba y doña Michelle Natalie Hanania Saba; ambos domiciliados para estos efectos en calle Montevideo No. 2.281, comuna de Renca, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo estatuto extracto: Uno. Razón social: “INVERSIONES CHS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “INVERSIONES CHS LTDA.”. Dos. Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a don Cristián Javier Hanania Saba, actuando en la forma y con las facultades indicadas en escritura extractada. Tres. Capital: $27.080.000, íntegramente aportado y pagado de la siguiente forma: i) Don Cristián Javier Hanania Saba, $26.980.000 equivalentes al 99,63% de los derechos sociales; y, ii) Doña Michelle Natalie Hanania Saba, $100.000 equivalentes al 0,37% de los derechos sociales. Cuatro. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión y obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Asimismo, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de estas; y, b) Cualquier otro que los socios acuerden y que esté directa o indirectamente vinculado con el objeto social. Cinco. Duración: La Sociedad comienza a regir con esta misma fecha y tendrá una duración de 30 años renovables por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 6 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad. Seis. Domicilio: Santiago, Región de Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de enero de 2026.