CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HUUS Electrónics a SpA

CVE 2758577
Capital
$40.000 CLP
Fecha instrumento
8 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de enero de 2026
Repertorio
105-2026
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
Oficio
20ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
El domicilio legal será la ciudad de Santiago, pudiéndose establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país
Capital
$40.000 CLP
Domicilio
La razón social será HUUS Electrónics a SpA, pudiendo asimismo emplear la denominación HUUS SpA como
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley Nº 18.046

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, entre otros, ofrecer todo tipo de servicios relacionados con actividades comerciales en general, importación y exportación, representación y comercialización de productos, inversiones en bienes muebles e inmuebles y valores mobiliarios, administración de negocios y agencias, constitución y participación en so-ciedades de cualquier naturaleza, adquisición, enajenación y explotación de bienes raíces y)o muebles, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirecta-mente con las anteriores para el mejor cumplimiento del

Administración

La administración estará a cargo de uno o más administradores, inicialmente designados en los artículos transitorios. El administrador o administradores actuarán con las más amplias facultades de representación, adminis-tración y disposición, incluidas, a título enunciativo, las de comprar, vender, gravar y arrendar bienes; constituir garantías e hipotecas; contratar créditos y operaciones ban-carias; celebrar contratos comerciales y financieros; invertir en valores; representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad; celebrar contratos de trabajo; constituir y participar en sociedades y agentes; y delegar poderes, todo ello dentro del giro social y conforme a los estatutos. Remuneración del administrador: El cargo podrá ser remu-nerado mediante sueldos, honorarios, viáticos o cualquier otra asignación que acuer-den los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 8 de enero de 2026, Repertorio 105-2026 ante mí Don CARLOS APOLINARIO CONTRERAS SALGADO, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos doce mil seiscientos treinta y tres guion cero, domiciliado para estos efectos en Calle Zapadores número cero cuatrocientos cinco, comuna de Recoleta, Santiago, Región Metropolitana; Doña NICOLE ANDREA CONTRERAS FUENTES, chilena, soltera, Publicista, cédula de identidad número die-ciséis millones trescientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete guión cuatro, domiciliado para estos efectos en Carlos Antúnez dos mil quinientos treinta y cinco, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, Santiago, Región Metro-politana; don CARLOS FELIPE CONTREAS FUENTES, chileno, soltero, Diseñador, cédula de identidad número diecisiete millones cuatrocientos tres mil quinientos setenta y dos guión cinco, domiciliado para estos efectos en Carlos Antunez dos mil quinientos treinta y cinco, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, San-tiago, Región Metropolitana; doña FLORENCIA CELESTE CONTRERAS VARELA, chilena, soltero, Fonoaudióloga, cédula de identidad número diecinueve millones ochenta mil ochocientos dos guión cinco, domiciliado para estos efectos en calle Coventry mil cuarenta y nueve, departamento ciento cinco, comuna de Ñuñoa, Santia-go, Región Metropolitana; y doña NATALIA IRENE CONTRERAS VARELA, chilena, soltero, Ingeniero Civil, cédula de identidad número diecinueve millones quinientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco guión seis, domiciliado para estos efectos en Coventry mil cuarenta y nueve, departamento ciento cinco, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana Denominación y domicilio: La razón social será HUUS Electrónics a SpA, pudiendo asimismo emplear la denominación HUUS SpA como nombre de fantasía. El domicilio legal será la ciudad de Santiago, pudiéndose establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, entre otros, ofrecer todo tipo de servicios relacionados con actividades comerciales en general, importación y exportación, representación y comercialización de productos, inversiones en bienes muebles e inmuebles y valores mobiliarios, administración de negocios y agencias, constitución y participación en so-ciedades de cualquier naturaleza, adquisición, enajenación y explotación de bienes raíces y/o muebles, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirecta-mente con las anteriores para el mejor cumplimiento del objeto social. Capital y accio-nes: El capital social es de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos), dividido en 200 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y paga-das según consta en los artículos transitorios. Los aumentos de capital deberán ser suscritos y pagados en el plazo máximo de cinco años, y las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán los derechos que los estatutos o la ley les asig-nen hasta el vencimiento del plazo fijado para su entero pago. Los accionistas limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Se llevará un Registro de Accionistas y las acciones podrán emitirse sin láminas físicas. Las transferencias de acciones se harán mediante traspaso firmado ante Notario Público o ante dos testigos, con la declaración del cesionario sobre su conocimiento de la normativa aplicable. Acciones propias: La sociedad podrá adquirir y mantener, por hasta cinco años, acciones de su propia emi-sión, las cuales no integrarán el quórum ni tendrán derecho a voto ni otros derechos político-económicos. Administración: La administración estará a cargo de uno o más administradores, inicialmente designados en los artículos transitorios. El administrador o administradores actuarán con las más amplias facultades de representación, adminis-tración y disposición, incluidas, a título enunciativo, las de comprar, vender, gravar y arrendar bienes; constituir garantías e hipotecas; contratar créditos y operaciones ban-carias; celebrar contratos comerciales y financieros; invertir en valores; representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad; celebrar contratos de trabajo; constituir y participar en sociedades y agentes; y delegar poderes, todo ello dentro del giro social y conforme a los estatutos. Remuneración del administrador: El cargo podrá ser remu-nerado mediante sueldos, honorarios, viáticos o cualquier otra asignación que acuer-den los accionistas. Juntas de accionistas: Las Juntas de Accionistas se reunirán a lo menos una vez al año durante el primer cuatrimestre, y cuando sea convocado por los administradores u otros supuestos legales. Corresponde a la Junta, entre otras mate-rias, acordar distribución de utilidades, reformar estatutos, transformar, fusionar o divi-dir la sociedad, aumentar o disminuir el capital y aprobar aportes en especie. La cita-ción se efectuará mediante carta certificada o correo electrónico con al menos cinco días hábiles de anticipación. Las Juntas se constituirán en primera citación con la mayo-ría absoluta de las acciones con derecho a voto; en segunda citación con las presentes o representadas. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de las acciones pre-sentes, salvo quórum superior exigido por la ley. Fiscalización y balances: Se practicará balance anual al 31 de diciembre y la memoria y balance se presentarán a la Junta para su aprobación. La Junta podrá acordar la designación de auditores externos. Distribu-ción de utilidades: Los dividendos se distribuirán a prorrata de las acciones y se paga-rán con cargo a utilidades líquidas de ejercicios aprobados, atendiendo a las normas legales aplicables. La Junta podrá acordar dividendos provisorios. Disolución y liquida-ción: La sociedad se disolverá por las causales legales y podrá subsistir con un solo accionista. Disuelta, la liquidación se llevará a cabo conforme a la Ley Nº 18.046, y los liquidadores durarán en sus funciones hasta por tres años salvo prórroga en los térmi-nos legales. Arbitraje: Las controversias entre accionistas o entre éstos y la sociedad o sus administradores serán sometidas a arbitraje, sin recurso contra la resolución del árbitro; el árbitro será designado de común acuerdo o, en su defecto, por la Justicia Ordinaria. Artículos transitorios relevantes: Se designa como administrador y represen-tante a don CARLOS APOLINARIO CONTRERAS SALGADO, con todas las facultades contenidas en el estatuto. El capital de $40.000.000 se encuentra totalmente suscrito y pagado, distribuido en: CARLOS APOLINARIO CONTRERAS SALGADO 160 acciones ($32.000.000); NICOLE ANDREA CONTRERAS FUENTES 10 acciones ($2.000.000); CARLOS FELIPE CONTRERAS FUENTES 10 acciones ($2.000.000); NATALIA IRENE CONTRERAS VARELA 10 acciones ($2.000.000); FLORENCIA CELESTE CONTRE-RAS VARELA 10 acciones ($2.000.000), pagadas al contado y en dinero en efectivo. Se faculta al portador de copia autorizada de la escritura para publicarla en el Diario Oficial y realizar las inscripciones y demás trámites necesarios. Se otorga poder espe-cial al abogado Andrés Fernando Palacios Braccesi para realizar las gestiones de lega-lización, rectificación y trámites tributarios y municipales necesarios para la constitución y formalización de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. 8 de enero de 2026.-