Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2026
- Repertorio
- 70
- Notario
- PAMELA CECILIA ASTORGA PAEZ
- Domicilio
- las comunas de San Javier y Villa Alegre
Sociedad
- N. fantasía
- COMANDES
- Capital
- $5.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La compra, venta, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de productos, artículos, equipos, insumos y)o toda clase debienes corporales muebles o inmuebles; b) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellos, acciones, bonos, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas; y, d) La sociedad se encontrará facultada para la realización de cualquier otra actividad relacionada con el objeto social, debiendo ser expresamente acordada por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAMELA CECILIA ASTORGA PAEZ, Abogado, Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliada en su Oficio de Calle Sargento Aldea numero dos mil seiscientos veinticinco de esta ciudad CERTIFICO: Que con fecha 13 de diciembre 2025 don Marcelo Andrés Toloza Villagra suscribió ante mi, escritura publica de constitución de sociedad, la que se encuentra bajo el repertorio 70 Nombre: COMERCIALIZDORA ANDES SpA. Nombre de fantasía: COMANDES. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La compra, venta, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de productos, artículos, equipos, insumos y/o toda clase debienes corporales muebles o inmuebles; b) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellos, acciones, bonos, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas; y, d) La sociedad se encontrará facultada para la realización de cualquier otra actividad relacionada con el objeto social, debiendo ser expresamente acordada por los accionistas. Capital: $5.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará un derecho a voto, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas en este acto, en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada para legalización. - San Javier 19 de enero de 2026.