MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESTACIONES MÉDICAS ERNESTO DONOSO LIMITADA

RUT 76356258-1 CVE 2757764
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2025
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
9ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Teatinos N°333, entrepiso, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 03-06-2025 otorgada ante don PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, los comparecientes: ERNESTO JOSÉ DONOSO DE LA NOI, Rut 15.379.989-K, ANDREA CECILIA HUBE LAURENTE, Rut 15.720.244-8, PAULO ANDRÉS VALDIVIA SOENKSEN, Rut 15.370.813-4 en representación de MARGARITA LAURENT VIGNOLO, Rut 3.573.707-3, y MARIA BEATRIZ DE LA NOI MERINO, Rut 7.037.310-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Ibsen Nº 6445, departamento 52, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vienen en ratificar, resciliar y rectificar la sociedad “PRESTACIONES MEDICAS ERNESTO DONOSO LIMITADA”, 76.356.258-1, RESCILIACIÓN: Los comparecientes en virtud de la escritura de fecha 3 de junio del año 2025, vienen en resciliar y dejar sin efecto la cesión de derechos contenida en la cláusula Décimo Cuarta de la referida escritura pública de fecha 6 de abril de 2018 en lo que dice relación con la modificación de sociedad de responsabilidad limitada mediante cesión de derechos entre MARIA BEATRIZ DE LA NOI MERINO quien vendió, cedió y transfirió el 14% de sus derechos sociales a doña ANDREA CECILIA HUBE LAURENT por el precio de $2.384.914. En consecuencia los porcentajes expresados en la cláusula DÉCIMO QUINTA de la escritura pública de fecha 6 de abril de 2018, antes individualizada, no quedarían determinados como allí se señalan tras la resciliación antes indicada, quedando en definitiva de la siguiente manera: a) don ERNESTO JOSÉ DONOSO DE LA NOI con un 28% de derechos sociales totales, b) doña ANDREA CECILIA HUBE LAURENT con un 10% de derechos sociales totales, c) doña MARGARITA LAURENT VIGNOLO con un 24% de derechos sociales totales y d) doña MARIA BEATRIZ DE LA NOI MERINO con un 38% de derechos sociales totales, tal y como se indica en la parte final de la cláusula CUARTA de la presente escritura. En todo lo no modificado por la presente escritura queda íntegramente vigente lo establecido en la referida escritura pública de fecha 6 de abril de 2018. Capital Constitutivo: $400.000. Demás estipulaciones escritura extractada.