MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

YMG ASESORIAS Y CONSULTORIAS LIMITADA

RUT 78128214-6 CVE 2756940
Fecha instrumento
14 de enero de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2026

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá de manera conjunta a dos entre GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDAN, YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC y)o MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO en calidad de administradores, quienes actuando conjuntamente dos de ellos, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionadas con el giro ordinario de la sociedad. Los administradores permanecerán en sus cargos hasta que sean revocados en los términos previstos en los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ Notario público Titular de la 49° Notaria, Amunategui 73, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha seis de Enero de 2026 comparecen don GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDANA, Rut 16.370.034-4, con domicilio en Tinguiririca N° 753, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC, Rut 19.709.411-7, domiciliado en Pedro de Valdivia Norte N° 0550, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, y doña MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO, Rut 13.831.554-1, domiciliada en El Viento N° 14.030, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, como únicos socios de YMG ASESORIAS Y CONSULTORIAS LIMITADA, acordaron transformar la sociedad a una sociedad por acciones cuyos accionistas son GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDANA; don YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC, y doña MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO. Razón social: será “EARTHWISE SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Arriendo de equipos para el hogar y negocios; b) Arriendo de bienes muebles; c) Venta al por menor de flores, plantas, árboles y semillas; d) Representaciones de marcas o empresas nacionales o extranjeras; e) Importación y Exportación, distribución, servicios, consignación, compraventa, comercialización o explotación en cualquier forma, condición o naturaleza, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles, artículos y objetos; f) Adquisición, comercialización, distribución, venta al por mayor y al detalle, transacciones por internet, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes, insumos, equipos, y artículos electrónicos y eléctricos; y cualquier otra actividad comercial, industrial o de negocios que los socios acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá de manera conjunta a dos entre GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDAN, YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC y/o MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO en calidad de administradores, quienes actuando conjuntamente dos de ellos, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionadas con el giro ordinario de la sociedad. Los administradores permanecerán en sus cargos hasta que sean revocados en los términos previstos en los estatutos sociales. Capital: El capital social, asciende a un millón de pesos dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones existente, se suscribe y paga íntegramente por los accionistas, al contado y en dinero en efectivo de la siguiente forma: a) don GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDANA, suscribe la cantidad de treinta y tres acciones, las que paga en su totalidad en este acto, al contado, en dinero efectivo con la suma de trescientos treinta mil pesos, los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción; b) don YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC suscribe la cantidad de treinta y cuatro acciones, las que paga en su totalidad en este acto, al contado, en dinero efectivo con la suma de trescientos cuarenta mil pesos, los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción, y c) doña MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO suscribe la cantidad de treinta y tres acciones, las que paga en su totalidad en este acto, al contado, en dinero efectivo con la suma de trescientos treinta mil pesos, los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción; De esta forma, queda íntegramente pagado el capital social. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida contar de la fecha de la presente escritura. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que esta pueda establecer agencias sucursales, o establecimientos dentro o fuera del territorio de la República de Chile. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 14 de enero de 2026.