CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

YGM ASESORIAS Y CONSULTORIAS LIMITADA

RUT 16370034-4 CVE 2756942
Fecha instrumento
14 de enero de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2026

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría profesional en el ámbito de recursos humanos, científico, marketing y otros afines, prestados a empresas, personas naturales, organismos públicos, corporaciones y)o fundaciones, y cualquier otra actividad relacionada con este objeto exclusivo

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá de manera conjunta a dos cualquiera de los tres socios GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDAN, YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC y)o MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO en calidad de administradores, quienes actuando conjuntamente dos de ellos, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionadas con el giro ordinario de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ Notario público Titular de la 49° Notaria, Amunategui 73, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha seis de Enero de 2026 comparecen don GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDANA, Rut 16.370.034-4, con domicilio en Tinguiririca N° 753, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC, Rut 19.709.411-7, domiciliado en Pedro de Valdivia Norte N° 0550, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, y doña MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO, Rut 13.831.554-1, domiciliada en El Viento N° 14.030, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, quienes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será “YGM ASESORIAS Y CONSULTORIAS LIMITADA”, pudiendo actuar para fines bancarios y comerciales bajo el nombre de “YGM ASESORIAS Y CONSULTORIAS LTDA.” Objeto: El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría profesional en el ámbito de recursos humanos, científico, marketing y otros afines, prestados a empresas, personas naturales, organismos públicos, corporaciones y/o fundaciones, y cualquier otra actividad relacionada con este objeto exclusivo. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá de manera conjunta a dos cualquiera de los tres socios GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDAN, YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC y/o MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO en calidad de administradores, quienes actuando conjuntamente dos de ellos, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionadas con el giro ordinario de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, aportado y pagado de la siguiente manera: a) GIANNI LUCCIANO ARDITO ALDANA, aporta y paga en este acto la suma de trescientos treinta tres mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente al treinta y tres coma tres por ciento de la participación en el capital social; b) YASSER ANUAR SALIPA YUTRONIC, aporta y paga en este acto la suma de trescientos treinta tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, equivalente al treinta y tres coma cuatro por ciento de la participación en el capital social, y, c) MAY CONZUELO GUTIÉRREZ OTTO, aporta y paga en este acto la suma de trescientos treinta tres mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente al treinta y tres coma tres por ciento de la participación en el capital social. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida contar de la fecha de la presente escritura. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que esta pueda establecer agencias sucursales, o establecimientos dentro o fuera del territorio de la República de Chile. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 14 de enero de 2026.