SOCIEDAD CONSTRUCTORA Y COMERCIAL ALSANI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 4438-2025
- Notario
- Jorge Schwenke Zuñiga
- Oficio
- Segunda Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $70.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Schwenke Zuñiga, Notario Público, Titular Segunda Notaría de Rancagua, Oficio calle Coronel Santiago Bueras N° 359, Oficina 102, comuna Rancagua, certifica: por escritura pública, otorgada ante mí, el 26 de noviembre de 2025, Repertorio 4438-2025, doña MONICA ALEJANDRA GOMEZ INOSTROZA, cédula nacional de identidad número 7.838.258-9, domiciliada en Marcelino Champagnat N°342, Villa El Portal, Rancagua; doña TATIANA EDITH GOMEZ INOSTROZA, cédula nacional de identidad número 7.838.259-7, domiciliada en Avenida Miguel Claro N°444, departamento 21, Torre B, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña PATRICIA LEONARDA GOMEZ INOSTROZA, cédula nacional de identidad número 7.838.257-0, domiciliada en Jorge Romero N° 647, Villa El Portal, Rancagua, modifican la SOCIEDAD CONSTRUCTORA Y COMERCIAL ALSANI LIMITADA, rol único tributario número 78.600.760-7, nombre de fantasía ALSANI LTDA. inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Rancagua fojas 424 vuelta número 455 correspondiente al año 1.994, con un capital de $70.000.000; correspondiendo a los socios PATRICIA LEONARDA GOMEZ INOSTROZA, el 35% de derechos en el capital, y al socio SANTIAGO VICTOR ENRIQUE GOMEZ BERROETA, cédula de identidad número 2.471.178-1, el 65% por ciento restante del capital social. Con motivo del fallecimiento del socio SANTIAGO VICTOR ENRIQUE GOMEZ BERROETA se concedió la posesión efectiva de sus bienes a sus hijas TATIANA EDITH GÓMEZ INOSTROZA, MÓNICA ALEJANDRA GÓMEZ INOSTROZA y PATRICIA LEONARDA GÓMEZ INOSTROZA, y a EDITH DEL CARMEN INOSTROZA DÍAZ, cédula de identidad N° 4.125.011-9, en su calidad de heredera como cónyuge. Asimismo al fallecimiento de EDITH DEL CARMEN INOSTROZA DIAZ se otorgó la Posesión Efectiva de sus bienes a sus hijas MONICA ALEJANDRA GOMEZ INOSTROZA, TATIANA EDITH GOMEZ INOSTROZA y a PATRICIA LEONARDA GOMEZ INOSTROZA, incorporándose como socias en su calidad de herederas doña TATIANA EDITH GOMEZ INOSTROZA, y doña MONICA ALEJANDRA GOMEZ INOSTROZA; quedando en definitiva como socias de SOCIEDAD CONSTRUCTORA Y COMERCIAL ALSANI LIMITADA, doña PATRICIA LEONARDA GOMEZ INOSTROZA con una participación de cincuenta y seis coma seiscientos sesenta y seis por ciento en el capital social, doña MONICA ALEJANDRA GOMEZ INOSTROZA con una participación de veintiuno coma seiscientos sesenta y siete por ciento en el capital social, y doña TATIANA EDITH GOMEZ INOSTROZA con una participación de veintiuno coma seiscientos sesenta y siete por ciento en el capital social, quedando de esta manera distribuido el cien por ciento de los derechos y acciones de la sociedad. Modificaciones: únicos socios modifican los estatutos: Uno) sustituyen la cláusula Cuarto, y acuerdan que la administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MONICA ALEJANDRA GOMEZ INOSTROZA, actuando individualmente, con facultades que se indican; Dos) sustituyen cláusula Undécimo por la siguiente: UNDECIMO: en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará entre el o los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido. Si la fallecida fuera la socia administradora, la administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los restantes socios sobrevivientes actuando siempre consuno, por si o mediante un Delegado para la administración, delegación que deberá efectuarse mediante escritura pública y cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Rancagua, 15 de enero de 2026.