MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA MONTOYA MORIN SpA

RUT 78205183-0 CVE 2757165
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2025
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
con oficio en O´Higgins 528

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA MONTOYA MORIN SpA socio 78205183-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, con oficio en O´Higgins 528, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2025, Rep. N°4526, ante mí: Uno. Don JAVIER ENRIQUE MONTOYA DURÁN, y; Dos. Doña GISSELLA CAROLINA MORIN RIFFO, ambos domiciliados en Avenida Arturo Prat número 199, oficina 901, ciudad de Concepción, modificaron INMOBILIARIA MONTOYA MORIN SpA, RUT 78.205.183-0, inscrita a fojas 1762, número 1117 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, año 2025. Son materias de extracto las siguientes: 1) AUMENTO DE CAPITAL. Los únicos y actuales accionistas acuerdan aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor, en la suma de $404.236.000. En consecuencia, el capital de la sociedad quedará fijado en la suma de $405.236.000. El aumento de capital por la suma de $404.236.000 se materializará mediante la emisión de 404.236 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor. Aumento de capital íntegramente suscrito y pagado, según el siguiente detalle: I. Don JAVIER ENRIQUE MONTOYA DURÁN, suscribió 379.596 acciones por la suma ascendente a $378.658.943, mediante el aporte en dominio de bienes raíces, y; II. Doña GISSELLA CAROLINA MORIN RIFFO, suscribió 24.640, por la suma ascendente a $25.577.057, mediante el aporte en dominio de bienes raíces y con dinero efectivo y al contado. 2) REFORMA DE ESTATUTOS. Como consecuencia del aumento de capital acordado, los únicos y actuales accionistas acuerdan modificar y reemplazar los Artículos Quinto Permanente y Primero transitorio de su estatuto social. En lo no modificado, estatutos íntegramente vigentes. Responsabilidad de los accionistas limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 12 enero 2026.