MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Altadireccion S.A.

RUT 76351175-8 CVE 2756956
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
7 de enero de 2026

Instrumento

Fecha
7 de enero de 2026
Repertorio
396-2026
Notario
Juan Cristian Berrios Castro
Oficio
Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: en Junta Extraordinaria de Accionistas de “Altadireccion S.A.”, celebrada con fecha 26 de diciembre de 2025, cuya acta se redujo a escritura pública ante el Titular con fecha 7 de enero de 2026, Repertorio Nº 396-2026, se acordó modificar los estatutos sociales en el sentido de transformar la Sociedad en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Accionistas: Inversiones Cristián Alberto Cerna Gómez EIRL, Sociedad Inversiones Visi SpA, Sociedad Consultora El Maki Limitada Nombre: “Altadireccion SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, técnico, legal y laboral y la prestación, por si o a través de terceros, de toda clase de servicios profesionales y técnicos; b) la inversión en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, para el efecto de percibir las rentas que estas inversiones generen; y c) toda otra actividad relacionada con las anteriores. Capital: El capital social será la cantidad de $2.000.000 dividido en 2.000.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 13 de enero de 2026.