SOLARITY SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 114714/2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $39.874 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Chile | socio | 77909265-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, Segunda Notaría de Santiago, domiciliado en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, bajo repertorio N°114.714/2025, otorgada ante RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVADRADO, Notario Público Suplente; SOLARITY ENERGÍA SpA, una sociedad por acciones constituida y válidamente existente bajo las leyes de Chile, RUT N°77.909.265-8; en calidad de único y actual accionista de SOLARITY SpA (la “Sociedad”), RUT N° 76.378.413-4, inscrita a fojas 39.106, N°24.268 del Registro de Comerio de Santiago del año 2014, modificó los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: i) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de 39.874.140 Dólares dividido en 6.836.961 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de 44.474.140 Dólares dividido en 7.625.693 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, esto es, en la suma de 4.600.000 Dólares, mediante la emisión 788.732 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, que fueron íntegramente suscritas y pagadas por Solarity Energía SpA, en la forma señalada en la escritura extractada. ii) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento cuarenta dólares de los Estados Unidos de América /en adelante, “Dólares”/ dividido en siete millones seiscientas veinticinco mil seiscientas noventa y tres acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento cuarenta Dólares dividido siete millones seiscientas veinticinco mil seiscientas noventa y tres acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, Segunda Notaría de Santiago. Santiago, 9 de enero de 2026.-