Frigoríficos Puerto Varas S.A.
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 24735-2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Emergent Cold Chile Tres SpA | socio | 77722713-0 | — | — | |
| Emergent Cold Chile Holdings SpA | socio | 77722723-8 | — | — | |
| Hook Chile S.A | socio | 96953340-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada ante mi Reemplazante don Juan Cristian Berrios Castro, con fecha 16 de diciembre de 2025 bajo el Repertorio N°24735-2025, se redujo a escritura pública el acta de misma fecha de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Frigoríficos Puerto Varas S.A. (la “Sociedad”), RUT N° 76.515.619-K, inscrita a fojas 81.108 número 47.278, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2015. Concurrieron a dicha junta los siguientes accionistas: Uno/ Emergent Cold Chile Tres SpA, RUT N° 77.722.713-0; Dos/ Emergent Cold Chile Holdings SpA, RUT N° 77.722.723-8, ambas representadas por don Paulo Larraín Maturana; y Tres/ Hook Chile S.A., RUT N° 96.953.340-5, representada por don Andrés Hoffer Figueroa. Asimismo, dicha junta contó con la asistencia del Juan Cristian Berrios Castro, abogado, Notario Público reemplazante de la Octava Notaria de Santiago, según lo que prescribe el artículo 57 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas (la “LSA”), en la cual se acordó, entre otras cosas, lo siguiente: Uno) La aprobación de la fusión por incorporación de la Sociedad y de Frigoríficos del Puerto S.A. (“FDP”) en Hook Chile S.A. (la “Sociedad Absorbente”), en conformidad a lo establecido en el artículo 99 de la LSA (la “Fusión”), y según fuere aprobado en junta extraordinaria de accionistas de FDP y la Sociedad Absorbente, respectivamente, celebradas el 16 de diciembre de 2025 de manera que, como consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbente absorbe a la Sociedad y a FDP, adquiriendo e incorporando a su patrimonio la totalidad de los activos, pasivos, permiso, autorizaciones, operaciones, créditos, deudas, figuren o no en sus inventarios y balances, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones de tales sociedades, disolviéndose en consecuencia la Sociedad y FDP por efecto de la Fusión, sin necesidad de liquidación. Dos) La aprobación, como consecuencia de la Fusión, la Sociedad (y FDP) se disuelven de pleno derecho, sin necesidad de liquidación y se incorporan a la Sociedad Absorbente la totalidad de sus accionistas que no ejerzan el derecho a retiro que les confiere la LSA. Tres) La aprobación de los balances de la Sociedad, de la Sociedad Absorbente y FDP al 30 de septiembre de 2025, y el informe pericial de fecha 22 de octubre de 2025, elaborado por doña Gisela Sanhueza Seguel. Cuatro) La aprobación de los estatutos de la Sociedad Absorbente, considerando las modificaciones aprobadas en la Junta Extraordinaria de Accionistas de Hook Chile S.A. con fecha 16 de diciembre de 2025. Los extractos de las escrituras públicas a las que se reducen las actas de las juntas extraordinarias de accionistas celebradas por Hook y FDP, aprobando la Fusión constan en documentos separados en concordancia con el Artículo 157 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago. 5 de enero de 2025.