FAI MIRIARTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.277.000 CLP
Objeto social
Se incluye al objeto social, las actividades relativas a la venta de bienes inmuebles de propiedad de la Sociedad. /Cuatro/ MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. (i) Se acordó modificar el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖEDER, abogado y Notario Titular de la 45° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, piso 7, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública, acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad FAI MIRIARTE SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 67.668 número 32.369 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, en virtud de la cual, se acordó por la unanimidad de sus accionistas, la modificación de la misma, en el siguiente sentido: /Uno/ AUMENTO DE CAPITAL. Se aumentó el capital social de $1.277.000.000 dividido en 43.000 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 21.500 son acciones ordinarias de la Serie A y 21.500 son acciones preferentes de la Serie B, a la suma de $6.344.200.000, dividido en 160.000 acciones de las cuales 80.000 serán acciones ordinarias de la Serie A y 80.000 serán acciones preferentes de la Serie B. /Dos/ COLOCACIÓN Y PAGO DE ACCIONES. i) Las 58.500 nuevas acciones Serie A serán colocadas en un valor de 1 UF por acción, las cuales serán íntegramente suscritas por los accionistas Serie A a prorrata que cada uno le corresponde en esta serie de acciones, las cuales serán pagadas en parte por capitalización de créditos de los accionistas Serie A en contra de la Sociedad y el saldo, en dinero en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de la Junta. ii) Las 58.500 nuevas acciones Serie B serán colocadas en un valor de 1 UF por acción, las cuales serán íntegramente suscritas por el accionista Serie B y se pagarán en parte por capitalización de créditos del accionista Serie B en contra de la Sociedad y el saldo, en dinero en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de la Junta. /Tres/ AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL. Se incluye al objeto social, las actividades relativas a la venta de bienes inmuebles de propiedad de la Sociedad. /Cuatro/ MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. (i) Se acordó modificar el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO. La Sociedad tiene por objeto /a/ el desarrollo, construcción y comercialización del proyecto inmobiliario de un edificio de vivienda que se edificará y luego se enajenarán sus unidades, en el lote fusionado compuesto por las propiedades ubicadas en Avenida Macul número cinco mil seiscientos setenta y uno, número cinco mil seiscientos ochenta y siete, número cinco mil seiscientos noventa y cinco, número cinco mil setecientos once y número cinco mil setecientos diecisiete; en calle María Iriarte número cuatro mil ochenta y cuatro y número cuatro mil sesenta y seis, y en John Kennedy número cuatro mil sesenta B, número cinco mil seiscientos noventa, número cuatro mil sesenta D, número cuatro mil sesenta E y número cinco mil seiscientos setenta, todos de la comuna de Macul; y, /b/ la venta de los bienes inmuebles de propiedad de la Sociedad, los cuales se encuentran identificados en la letra /a/ precedente, previo al desarrollo de un proyecto inmobiliario.” (ii) Se modificó el Artículo Quinto del estatuto social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL Y ACCIONES. El capital social será la suma de $6.344.200.000, dividido en 160.000 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 80.000 serán ordinarias Serie A y 80.000 serán preferentes Serie B. La preferencia que se establece en favor de las acciones de la Serie B consiste en el derecho de percibir un dividendo garantizado mínimo equivalente a la tasa interna de retorno del proyecto de la totalidad de los aportes efectuados, ya sea vía compraventa o suscripción de acciones o inversión en pagarés, por los accionistas titulares de dicha Serie al existir una diferencia en la temporalidad de los aportes efectuados. Una vez pagado dicho dividendo mínimo, que iguala la tasa interna del retorno del proyecto, las utilidades remanentes se distribuirán en forma paritaria entre todas las acciones de ambas series. El capital y las acciones se suscriben y pagan en la forma expresada en el Artículo Primero Transitorio. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño.” (iii) Se modificó, asimismo, el artículo primero transitorio, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL. El capital social será la suma de $6.344.200.000, dividido en 160.000 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 80.000 serán ordinarias Serie A y 80.000 serán preferentes Serie B, el cual se encuentra suscrito, pagado y se pagará de la siguiente manera: (i) Con la suma de $5.369.101.993, ya pagada y enterada en arcas sociales, representativa de 66.608 acciones de la Serie A y 68.800 acciones de la Serie B; y, (ii) Con la suma de $975.098.007, que se pagará a más tardar en un plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de la presente junta., representativa de 13.392 acciones de la Serie A y 11.200 acciones de la Serie B.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2025.