CONSTRUCTORA CHAVEZ & LAGUNA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2026
- Notario
- ZARELLA CAMEROTTO MORAGA
- Oficio
- 50° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalZARELLA CAMEROTTO MORAGA, Abogado, Notario Público Suplente de la 50° Notaría de Santiago, de doña CLAUDIA GOMEZ LUCARES, Teatinos Nro. 371, Of. 113, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública, hoy ante mí, Repertorio Nro. 1.550-2026, don IVÁN BELLINI CHAVEZ LAGUNA, independiente, cédula de identidad extranjero número veintiséis millones doscientos treinta y dos mil ciento cincuenta y siete guión seis, domiciliado en calle Santa Laura número mil cuatrocientos seis, Comuna de Independencia, don OSCAR JOSEMARÍA CHAVEZ LAGUNA, independiente, cédula de identidad extranjero número veinticinco millones ciento ochenta mil seiscientos ochenta y nueve guión seis, domiciliado en calle Armenio Gutiérrez número mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de Santiago, y don LUIS ARMANDO CHÁVEZ LAGUNA, independiente, cédula de identidad extranjero número catorce millones setecientos treinta y cinco mil trescientos ochenta y nueve guión ocho, domiciliado en calle Parque Arauco número cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres, Comuna de Maipú, y exponen: PRIMERO: Los comparecientes celebraron en este oficio y ante la Notario Público Titular doña Claudia Gómez Lucares, con fecha once de Noviembre del año dos mil veintiuno, bajo el Repertorio número cuarenta y nueve mil ciento veintiuno guión dos mil veintiuno, una escritura de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “CONSTRUCTORA CHAVEZ & LAGUNA LIMITADA”; Sociedad inscrita a fojas noventa y dos mil trescientos cuarenta y cinco, número cuarenta y dos mil cuatrocientos veintiséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veintiuno.- SEGUNDO: Por el presente instrumento los comparecientes, vienen en sanear de conformidad a la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los vicios formales producidos en la escritura de constitución por ellos suscrita en los siguientes puntos: A) En su CLAUSULA CUARTA: DEL REPRESENTANTE LEGAL Y USO DE LA RAZON SOCIAL Y SUS FACULTADES, se aclara que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía, les corresponderá indistintamente a los socios don IVÁN BELLINI CHAVEZ LAGUNA, don OSCAR JOSEMARÍA CHAVEZ LAGUNA y don LUIS ARMANDO CHÁVEZ LAGUNA, quienes actuando en forma individual e indistinta, y anteponiendo a la razón social su firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades; B) En su CLAUSULA QUINTA, se agrega al comienzo de la cláusula lo siguiente: “Los administradores ya señalados, don IVÁN BELLINI CHAVEZ LAGUNA, don OSCAR JOSEMARÍA CHAVEZ LAGUNA y don LUIS ARMANDO CHÁVEZ LAGUNA, quienes actuando en forma individual e indistinta, podrán…”.- TERCERO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura para requerir las anotaciones, inscripciones y/o subinscripciones procedentes ante el Conservador de Bienes Raíces respectivo.- En todo lo demás, queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social.- Santiago, 09 de Enero de 2026.