Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2025, ante mí, debidamente representada la sociedad Desarrollo Inmobiliario Manquehue SpA, domiciliada para estos efectos en Augusto Leguía Norte N° 100, oficina 911, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones con el nombre de “Apoquindo 6.000 SpA.” Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de enero de 2026.