CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

APLIK BELT SERVICES SpA

CVE 2756527
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2025
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2025
Notario
GLORIA ORTIZ CARMONA
Oficio
3° Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público Titular de la 3° Notaría de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura N° 4607, local 21, Vitacura, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025, ante mí, APLIK S.A. y SERGIO ORLANDO ARAVENA VICENCIO, vienen en complementar la escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2025, otorgada ante mí, de la sociedad APLIK BELT SERVICES SpA, inscrita a fojas 114.396 N° 42.822 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, ya que por un error involuntario en el Artículo Décimo Cuarto de la escritura que se complementa se omitió señalar el segundo nombre de varios de los administradores, ya que se señaló: “Artículo Décimo Cuarto: La administración de la Sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a los señores don Víctor Gabriel Lonza Lazo, don Guillermo Vidal Quevedo, don Sergio Aravena Vicencio, don Daniel Serpell Carriquiry y don Reiner Breuer Narváez, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos para ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación directa o indirectamente con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.”, debiendo decir: “Artículo Décimo Cuarto: La administración de la Sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a los señores don Víctor Gabriel Lonza Lazo, don Guillermo Ricardo Vidal Quevedo, don Sergio Orlando Aravena Vicencio, don Daniel Mauricio Serpell Carriquiry y don Reiner Eduardo Breuer Narváez, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos para ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación directa o indirectamente con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2026.