MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Riquelme & Silva Abogados Limitada

RUT 77287807-9 CVE 2756021
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 16/12/2025, Rep. 71480-20025, otorgada ante mí, Rodrigo Riquelme Yáñez, en representación de KR Abogados Limitada y Camilo Samuel Silva Correa, en representación de Carlton Abogados Limitada, todos domiciliados en Magdalena N° 140, oficina 1801, Las Condes, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “RIQUELME & SILVA ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 88.250 Nº42.411 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. Por medio del presente acto, KR Abogados Limitada vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales a Carlton Abogados Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí. En consecuencia, la Sociedad queda conformada por KR Abogados Limitada con 50% derechos sociales, y Carlton Abogados Limitada con 50% derechos sociales. KR Abogados Limitada y Carlton Abogados Limitada, en su calidad de únicos socios de “RIQUELME & SILVA ABOGADOS LIMITADA”, acuerdan sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de un millón doscientos setenta y nueve mil pesos, que los socios aportan en la proporción de un cincuenta por ciento KR ABOGADOS LIMITADA, y en un cincuenta por ciento CARLTON ABOGADOS LIMITADA, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero en efectivo en caja social”. En todo lo no modificado por este instrumento continúan plenamente vigentes demás estipulaciones de estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre 2025.