JULIO Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 7137-2025
- Notario
- JOSÉ ARAYA MAGGI
- Oficio
- Titular de la Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, sin perjuicios de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o el extranjero
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ ARAYA MAGGI, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Novena Notaría de Santiago, don PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, con oficio en esta ciudad, calle Teatinos número trescientos treinta y tres, entrepiso, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2025, repertorio N° 7137-2025, comparecen: Doña MARÍA SONALI JULIO BUNSTER, chilena, divorciada, abogada, cédula de identidad número doce millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos veintiséis guion ocho, y don SEBASTIÁN NICOLAS RETAMAL JULIO, chileno, Conviviente Civil, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos cuarenta mil seiscientos setenta y dos guion dos, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy número cinco mil seiscientos, oficina quinientos siete, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes constituyeron una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad es “JULIO Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía será “JULIO Y CÍA ABOGADOS LTDA”. OBJETO O GIRO DE LA SOCIEDAD. El giro y objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales jurídicos, que incluye la asesoría, consultoría y representación judicial y extrajudicial en toda materia de la profesión del abogado, sea en el ámbito civil, penal, familia, laboral, constitucional, comercial, tributario, económico, internacional, o cualquier otra rama del Derecho. Es objeto y giro de la sociedad todas aquellas demás actividades que los socios acuerden, y que versen sobre actividades de asesoría, consultoría y representación jurídica profesional. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO SOCIAL: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a cualquiera de los socios, los que, anteponiendo la razón social a su firma personal, actuarán por la sociedad, la obligarán y representarán con las más amplias facultades, pudiendo realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo del giro. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos chilenos, que los socios pagan al contado, en este acto, por partes iguales. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicios de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada.