Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de negocios inmobiliarios y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar dar y tomar en arrendamiento bienes raíces; la construcción, montaje, mantención, reparación y remodelación de todo tipo de inmuebles por adherencia y obras civiles, así como la ejecución de loteos, urbanizaciones y proyectos de arquitectura e ingeniería; la compra y venta, comercialización en todas clase de insumos, mercaderías y bienes muebles; inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, títulos o valores mobiliarios y acciones, derechos y)o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arriendo u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o comentarios sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero . V
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2025, ante mí, don ENRIQUE HORNOSA HERRERA, domiciliado para estos efectos en calle Málaga 223, departamento 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “INMOBILIARIA HUESCA SpA”. II. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que establezca en otros lugares en el resto del país o en el extranjero. III. Duración. Indefinida. IV. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de negocios inmobiliarios y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar dar y tomar en arrendamiento bienes raíces; la construcción, montaje, mantención, reparación y remodelación de todo tipo de inmuebles por adherencia y obras civiles, así como la ejecución de loteos, urbanizaciones y proyectos de arquitectura e ingeniería; la compra y venta, comercialización en todas clase de insumos, mercaderías y bienes muebles; inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, títulos o valores mobiliarios y acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arriendo u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o comentarios sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero . V. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y parcialmente pagadas por don ENRIQUE HORNOSA HERRERA, en dinero efectivo, al contado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de enero de 2026.-