BlackBird Capital S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 14456-2025
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que con fecha 24 de diciembre de 2025, se redujo a escritura pública, bajo el Repertorio N°14.456-2025, ante mí, el acta de la segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de BLACKBIRD CAPITAL S.A. (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 24 de diciembre de 2025, en la que se acordó: (i) Modificar los estatutos sociales de la Sociedad, en el sentido de dividir el capital en dos series de acciones, una Serie A de acciones ordinarias y una Serie B de acciones sin derecho a voto, ambas con los mismos derechos económicos, todas nominativas y sin valor nominal, conforme se establece en los estatutos; y (ii) Aumentar el capital social de la suma de $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pendiente de pago, a la cantidad de $3.500.000, mediante la emisión de 2.500.000 acciones de pago, de las cuales 2.150.000 corresponden a la Serie A, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pendientes de pago y 350.000 corresponden a la Serie B, las que deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la junta. En virtud de lo acordado, el capital de la Sociedad es la suma de $3.500.000, dividido en 3.500.000 acciones, de las cuales 3.150.000 acciones corresponden a la Serie A, y 350.000 acciones corresponden a la Serie B, todas nominativas y sin valor nominal. Como consecuencia de las modificaciones mencionadas, se sustituyeron los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales a fin de adecuarlos a la modificación acordada. Demás acuerdos constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 14 de enero de 2026.