Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 7567-25
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.625.705 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Uno) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o bien en valores y efectos de comercio, estando facultada para estos efectos a realizar inversiones tanto en moneda nacional como extranjera; Dos) Administrar estas inversiones y percibir sus frutos; Tres) Participar y concurrir a la formación, así como administrar, de toda clase de sociedades civiles, comerciales, de personas, anónimas, por acciones, fondos de inversión públicos o privados, entre otros; Cuatro) La adquisición, compra, administración, explotación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compra y enajenación de toda clase de bienes inmuebles; Cinco) En general, realizar cualquier otra actividad que demande la correcta realización del
Administración
Corresponderá a don Raúl Gustavo Aguilera Parada, quien actuará individualmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico: que Por escritura pública de constitución de sociedad, otorgada con fecha 22 de diciembre de 2025, bajo el repertorio 7567-25, ante mí, comparecen:, don RAUL GUSTAVO AGUILERA PARADA, cédula de identidad Nº5.473.021-7; don SAUL ANDRES AGUILERA MENDEZ, cédula de identidad Nº21.329.553-5; don JOAQUIN ISMAEL AGUILERA MENDEZ, cédula nacional de identidad Nº21.746.566-4; todos ellos domiciliados en calle Turena Nº4.660, comuna de Las Condes, don RAUL HERIBERTO AGUILERA REBOLLEDO, cédula nacional de identidad Nº 8.629.821-K, domiciliado en Avenida Nueva Providencia Nº2.155, Dpto 907, torre B, comuna de Providencia y; doña ALEJANDRA PATRICIA AGUILERA REBOLLEDO, cédula nacional de identidad Nº 10.907.486-1, domiciliada en Medinacelli Nº 1.226, casa 405, comuna de Las Condes, constituyeron Sociedad por Acciones de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: "AGUILERA INVERSIONES SpA". Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Uno) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o bien en valores y efectos de comercio, estando facultada para estos efectos a realizar inversiones tanto en moneda nacional como extranjera; Dos) Administrar estas inversiones y percibir sus frutos; Tres) Participar y concurrir a la formación, así como administrar, de toda clase de sociedades civiles, comerciales, de personas, anónimas, por acciones, fondos de inversión públicos o privados, entre otros; Cuatro) La adquisición, compra, administración, explotación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compra y enajenación de toda clase de bienes inmuebles; Cinco) En general, realizar cualquier otra actividad que demande la correcta realización del giro. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y/o en el extranjero. Capital y Acciones: $9.625.705.298 dividido en 9.625.705 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y que son pagadas y serán pagadas según se indica en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Administración: Corresponderá a don Raúl Gustavo Aguilera Parada, quien actuará individualmente. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2026.-