MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Spatio Chile SpA

RUT 77337423-6 CVE 2755503
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2025
Repertorio
14413-2025
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Administración

Se modifica la administración de la sociedad en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Luis Eugenio Domínguez Larraín, Bernardita González Letelier, Eugenio Domínguez González y Teresita Domínguez González, con las facultades señaladas en la escritura extractada. En consecuencia, se reemplaza el Artículo Primero y el Articulo Décimo de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2025, repertorio N° 14.413-2025, ante mí: Luis Eugenio Dominguez Larrain, por sí y en representación de Sofía Domínguez González; Bernardita González Letelier; Catalina Domínguez González; Eugenio Domínguez González; Bernardita Domínguez González; Constanza Domínguez González y Teresita Domínguez González, todos domiciliados en calle Carlos Peña Otaegui N° 12.501, departamento G 32, Las Condes, declaran que, en su calidad de únicos accionistas de Spatio Chile SpA, modificaron la sociedad en los siguientes términos: Uno) Razón Social: Se modifica la razón social por COMERCIAL DOMÍNGUEZ SpA. Dos) Administración: Se modifica la administración de la sociedad en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Luis Eugenio Domínguez Larraín, Bernardita González Letelier, Eugenio Domínguez González y Teresita Domínguez González, con las facultades señaladas en la escritura extractada. En consecuencia, se reemplaza el Artículo Primero y el Articulo Décimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 9 de enero de 2026.