SIMMA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2025
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.613.638.390 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, certifico que por escritura pública otorgada el 9 de diciembre de 2025, otorgada ante mi suplente doña Verónica Torrealba Costabal, comparecen Uno) Alvaro Ramírez Molina, debidamente facultado para reducir a escritura pública el Acta de la Vigésima Junta General Extraordinaria de Accionistas de “SIMMA S.A.” celebrada el 9 de diciembre de 2025, y Dos) la sociedad “SIMMA S.A.”, representada por Eduardo Antonio Pooley Carvajal en conjunto con Alex Cantzler Hoffmeister, en su calidad de único accionista de la sociedad “SIMMACOMPACT SpA”.-(I)en el Título Primero de la citada escritura, se redujo a escritura pública el Acta de la Vigésima Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 9 de diciembre de 2025 por la sociedad “SIMMA S.A.” inscrita a Fs.7.109, Nº3.887, del Registro de Comercio de Santiago de 1974.- Asistieron a la Junta los accionistas: i) “Comercio y Asesorías EPC Limitada” representada por don Eduardo Pooley Carvajal, titular de 150.000.- acciones; ii) “Inversiones Fama Limitada” representada por don Felipe Matthaei Ossa, titular de 150.000 acciones, y iii) “Inversiones Ailinco Limitada” representada por don Alex Cantzler Hoffmeister y doña Stefanie Cantzler Hoffmeister, titular de 150.000.- acciones.- Se encuentran presentes propietarios de 450.000 acciones correspondientes al 100% de las acciones inscritas en el Registro de Accionistas al momento de iniciarse la Junta, como consta del respectivo Certificado Notarial.- La Junta aprobó la fusión de “SIMMA S.A.” mediante la absorción de su filial “SIMMACOMPACT SpA”, inscrita a fojas 18.643, Nº11.230, del Registro de Comercio de Santiago, del año 2015, sociedad que se disuelve por el solo ministerio de la Ley, radicándose la totalidad de su activo y pasivo en el patrimonio de la absorbente, sociedad que se constituye en continuadora legal de la absorbida.- Con motivo de la fusión, el capital social de “SIMMA S.A.” de $6.613.638.390, se aumenta en el valor del capital de la sociedad absorbida, esto es, en $7.276.680.000.-, sin emisión de nuevas acciones, por cuanto el único accionista de “SIMMACOMPACT SpA” es precisamente la sociedad absorbente “SIMMA S.A.” - Sin perjuicio de la anterior, inmediatamente y producto de la misma fusión, el valor del capital social de “SIMMA S.A.” se reduce en $7.276.680.000.-, por la eliminación inmediata y total de la inversión de la absorbente en la absorbida, sociedad esta última que se disuelve de pleno derecho por el acuerdo de fusión, radicándose la totalidad de su activo, pasivo y patrimonio, en el patrimonio de “SIMMA S.A.” la que se constituye en continuadora legal de la absorbida.- Como consecuencia de todo lo anterior, se modifica el estatuto social de “SIMMA S.A.” sustituyéndose el artículo quinto del estatuto relativo al capital social por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es de seis mil seiscientos trece millones seiscientos treinta y ocho mil trescientos noventa pesos, dividido en cuatrocientas cincuenta mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente aportado y pagado en los términos establecidos en el artículo Primero Transitorio de los estatutos”.- (II) Adicionalmente, en el Título Segundo de la citada escritura pública, la sociedad “SIMMA S.A.” representada por sus apoderados comparecientes al acto, en su calidad de único accionista de “SIMMACOMPACT SpA” consiente y acuerda fusionar la sociedad con su único accionista “SIMMA S.A.”.- Producto de la fusión, “SIMMA S.A.” absorbe a “SIMMACOMPACT SpA” la que se disuelve por el solo ministerio de la Ley, radicándose la totalidad de su activo y pasivo en el patrimonio de la absorbente, sociedad que se constituye en continuadora legal de la absorbida.- Demás estipulaciones, en la escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2026.-