Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2025
- Repertorio
- 932-2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, entre otra, las siguientes actividades: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero. Asimismo, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, nacionales o extranjeras, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden. Podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifica Que: Por escritura pública de fecha 7 de enero de 2025, Repertorio N° 932-2026, ante mí, don Ariel Andrés Castillo Sapiains y doña Micaela Cox Seider constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “Inversiones Mikario SpA”. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, entre otra, las siguientes actividades: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero. Asimismo, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, nacionales o extranjeras, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden. Podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribe y pagará en la forma establecida en las disposiciones transitorias de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2025.