CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EVENTOS Y SERVICIOS SpA

RUT 16040827-8 CVE 2755424
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2026
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP
Domicilio
- Ciudad de San Pedro, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Administración

- Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como Administrador General de la sociedad a doña ARACELLI MARILYN LAGOS MEIRONE, C.I. N° 16.040.827-8, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo del Directorio protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO N° 31-2026, doña ARACELLI MARILYN LAGOS MEIRONE, domiciliada en calle San Agustín número cuatrocientos ochenta y seis, oficina doscientos seis, comuna de Melipilla y Provincia de Melipilla, mayor de edad, constituye Sociedad por Acciones.- NOMBRE:- “EVENTOS Y SERVICIOS SpA.”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive, con el nombre de fantasía de “MEDEL EVENT COMPANY SpA”.- DOMICILIO.- Ciudad de San Pedro, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.-DURACION:- Indefinida, a contar de esta fecha.- OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será: la creación, organización, planificación, producción, promoción, representación y realización de toda clase de actividades de esparcimiento y entretenimiento, espectáculos artísticos, culturales, musicales, deportivos y recreativos, programas de radio y televisión, eventos corporativos, educacionales, públicos o privados, nacionales o internacionales, por cuenta propia o de terceros. Asimismo, comprenderá la producción artística y audiovisual; la filmación, grabación, edición, publicación y difusión de contenidos audiovisuales, gráficos y editoriales; la edición, publicación y comercialización de libros, revistas, diarios, periódicos, manuales, reportes y productos editoriales vinculados al giro; y la organización de charlas, cursos, congresos, ferias, exposiciones, competencias, conferencias, seminarios y simposios de carácter educacional, cultural o de entretenimiento. Formará parte de su objeto la prestación de asesorías relacionadas con dichas actividades; el diseño, construcción, montaje, habilitación y ornamentación de instalaciones, escenarios y obras vinculadas a eventos; la representación de artistas nacionales e internacionales; y la prestación de servicios de producción artística, técnica y recreacional. La sociedad podrá adquirir, importar, exportar, comercializar, arrendar y distribuir bienes, insumos, equipos, partes y piezas relacionadas con su giro, tales como sistemas de amplificación, sonido, iluminación y material audiovisual; así como la venta, comercialización y distribución de entradas o tickets para toda clase de eventos. También comprenderá la prestación de servicios publicitarios; la fabricación y comercialización de prendas de vestir y productos asociados; servicios de agencia de turismo; servicios de hotelería, banquetería y hospedaje; servicios todo tipo de alimentación, incluyendo restaurantes, compra y venta de bebestibles de toda variedad, jugos tanto industriales como naturales, gaseosas de todos sus tipos, licorería en general; y el transporte de personas y materiales. Asimismo, podrá invertir dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles, inmuebles y bienes incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas, derechos sociales, planes de ahorro o capitalización, títulos o valores mobiliarios; administrar dichas inversiones y percibir los beneficios que de ellas se deriven; participar, constituir, adquirir o integrar sociedades, empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, en Chile o en el extranjero, relacionadas directa o indirectamente con su giro. Finalmente, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de su objeto social, así como realizar cualquier actividad lícita que se relacione directa o indirectamente con éste, y, o cualquier otra actividad que no esté señalada expresamente en esta enunciación, que de lo dicho no resulta de manera alguna ser taxativa, y que los socios acuerden libremente desarrollar.- CAPITAL: $8.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto.- La accionista doña ARACELLI MARILYN LAGOS MEIRONE, suscribe en este acto mil acciones, equivalente a ocho millones de pesos, las que aporta y paga de la siguiente manera UNO) CON LA SUMA DE OCHOCIENTOS MIL PESOS que el empresario compareciente aporta, paga y entera en la caja social en este acto, al contado, en dinero efectivo, a plena conformidad, equivalente a la cantidad de cien acciones; DOS) CON LA SUMA DE SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS, correspondiente a novecientas acciones que el empresario compareciente aportará en un plazo de seis meses a contar de la fecha del otorgamiento del presente instrumento, ello según las necesidades sociales.- ADMINISTRACIÓN:- Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como Administrador General de la sociedad a doña ARACELLI MARILYN LAGOS MEIRONE, C.I. N° 16.040.827-8, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo del Directorio protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 09/01/2026.-