Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2026
- Repertorio
- 105-2026
- Notario
- JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- 12° Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
“Sin que la enumeración sea taxativa será el siguiente: CONSULTORIA PROFESIONAL, ASESORIA ESTRATEGICA Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS, A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL; Consultoría en gestión de proyectos, planificación, programación, control de costos, control de plazos, Project Controls, PMO, Value Management y gestión de portafolios de proyectos; Asesoría técnico– contractual y forense, incluyendo análisis de retrasos (Delay Analysis), análisis de costos (Quantum), claims, controversias, disputas contractuales, soporte técnico a procesos de negociación, mediación, arbitraje o litigios; Consultoría financiera y económica, incluyendo análisis financiero–operacional, modelación financiera, evaluación de inversiones, análisis de riesgos, control financiero de proyectos y soporte a decisiones estratégicas; Consultoría en cumplimiento normativo, gobernanza, control interno, riesgos y compliance, incluyendo diseño y fortalecimiento de sistemas de control y buenas prácticas corporativas; Consultoría en procesos productivos, operaciones industriales, minería, energía, infraestructura, construcción, EPC, EPCM y sectores afines, incluyendo optimización de procesos, eficiencia operacional y mejora continua; Servicios de capacitación, formación profesional y transferencia de conocimiento, tanto presenciales como digitales, directamente o mediante terceros; Prestación de servicios profesionales integrales a empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, estudios jurídicos, instituciones financieras, organismos públicos y privados; Celebrar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, comerciales y mercantiles que sean necesarios, conducentes o complementarios al desarrollo de su objeto social y OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS PERSONALES N.C.P. , podrá comprar, adquirir y vender toda clase de marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas; adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, derechos, acciones, valores, bonos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos, incluso invertir en instrumentos del mercado de capitales, y darlos y tomarlos en arrendamiento, en su caso; celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios, de transporte, de fletamento, de seguro, modificarlos y ponerles término en cualquier forma; girar, depositar y sobregirar en cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito, de crédito y especiales y cerrarlas; reconocer e impugnar sus saldos; girar, cobrar y depositar, endosar, revalidar, cancelar y protestar cheques, retirar talonarios de cheques, aprobar o impugnar saldos y firmar los correspondientes recibos, dar órdenes de no pago de cheques, endosar cheques y efectos de comercio para depositar en la cuenta corriente bancaria de la sociedad; firmar, girar, aceptar, renovar, endosar en dominio, en descuento, en cobranza, en garantía y con o sin restricciones, ceder y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagarés, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles término de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de télex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; representar a la sociedad con derecho a voz y voto en todas las sociedades en que ella sea socia o accionista, sean éstas civiles o comerciales, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita y ejercer, en la forma señalada, todos los derechos que a la sociedad competen como accionistas o socia, comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e Instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan injerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, trámites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones específicas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. Y cualquier otra actividad lícita no reservada por ley a sociedades anónimas. y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
En este acto, se designa administrador a Franco Riveros Valdés, chileno, Cedula de identidad número veintiún millones ochocientos noventa y tres mil ciento cuarenta y tres guion cuatro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 12 de Enero de 2026, bajo el repertorio N°105-2026, ante mí, don Roberto Carlos Riveros Hernández, quién declara ser chileno, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos veintisiete mil ochocientos siete guion ocho, con domicilio en Camino del Amanecer 937, Dpto. 13, Lomas de San Sebastián, Concepción, viene en constituir la Sociedad por acciones (SpA). RAZÓN SOCIAL: “CONEXIG Chile SpA”. OBJETO: “Sin que la enumeración sea taxativa será el siguiente: CONSULTORIA PROFESIONAL, ASESORIA ESTRATEGICA Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS, A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL; Consultoría en gestión de proyectos, planificación, programación, control de costos, control de plazos, Project Controls, PMO, Value Management y gestión de portafolios de proyectos; Asesoría técnico– contractual y forense, incluyendo análisis de retrasos (Delay Analysis), análisis de costos (Quantum), claims, controversias, disputas contractuales, soporte técnico a procesos de negociación, mediación, arbitraje o litigios; Consultoría financiera y económica, incluyendo análisis financiero–operacional, modelación financiera, evaluación de inversiones, análisis de riesgos, control financiero de proyectos y soporte a decisiones estratégicas; Consultoría en cumplimiento normativo, gobernanza, control interno, riesgos y compliance, incluyendo diseño y fortalecimiento de sistemas de control y buenas prácticas corporativas; Consultoría en procesos productivos, operaciones industriales, minería, energía, infraestructura, construcción, EPC, EPCM y sectores afines, incluyendo optimización de procesos, eficiencia operacional y mejora continua; Servicios de capacitación, formación profesional y transferencia de conocimiento, tanto presenciales como digitales, directamente o mediante terceros; Prestación de servicios profesionales integrales a empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, estudios jurídicos, instituciones financieras, organismos públicos y privados; Celebrar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, comerciales y mercantiles que sean necesarios, conducentes o complementarios al desarrollo de su objeto social y OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS PERSONALES N.C.P. , podrá comprar, adquirir y vender toda clase de marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas; adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, derechos, acciones, valores, bonos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos, incluso invertir en instrumentos del mercado de capitales, y darlos y tomarlos en arrendamiento, en su caso; celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios, de transporte, de fletamento, de seguro, modificarlos y ponerles término en cualquier forma; girar, depositar y sobregirar en cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito, de crédito y especiales y cerrarlas; reconocer e impugnar sus saldos; girar, cobrar y depositar, endosar, revalidar, cancelar y protestar cheques, retirar talonarios de cheques, aprobar o impugnar saldos y firmar los correspondientes recibos, dar órdenes de no pago de cheques, endosar cheques y efectos de comercio para depositar en la cuenta corriente bancaria de la sociedad; firmar, girar, aceptar, renovar, endosar en dominio, en descuento, en cobranza, en garantía y con o sin restricciones, ceder y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagarés, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles término de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de télex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; representar a la sociedad con derecho a voz y voto en todas las sociedades en que ella sea socia o accionista, sean éstas civiles o comerciales, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita y ejercer, en la forma señalada, todos los derechos que a la sociedad competen como accionistas o socia, comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e Instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan injerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, trámites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones específicas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. Y cualquier otra actividad lícita no reservada por ley a sociedades anónimas. y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: En este acto, se designa administrador a Franco Riveros Valdés, chileno, Cedula de identidad número veintiún millones ochocientos noventa y tres mil ciento cuarenta y tres guion cuatro. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en 10 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y con el siguiente valor nominal: $100.000 pesos. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. PLAZO: Indefinida, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle termino en la forma señalada en la escritura extractada. DOMICILIO: Ciudad de Concepción sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 13 de Enero de 2026.-